STSJ Cataluña , 26 de Septiembre de 2002

PonenteMARIA PILAR MARTIN COSCOLLA
ECLIES:TSJCAT:2002:10528
Número de Recurso94/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso nº 94/98 Partes: "MIDNIGHT EXPRESS S.L." C/ AYUNTAMIENTO DE BARCELONA S E N T E N C I A Nº804 Ilmos. Sres.:

MAGISTRADOS D. JOSÉ JUANOLA SOLER Dª. PILAR MARTÍN COSCOLLA D. MANUEL TABOAS BENTANACHS En la ciudad de Barcelona, a veintiseis de septiembre de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 94/98 interpuesto por "MIDNIGHT EXPRESS S.L.", representada por la Procuradora Dª. Carlota Pascuet Soler y asistida por el Letrado D. José Juan García De la Corte, contra AYUNTAMIENTO DE BARCELONA, representado por la Procuradora Dª Berta jorba Pamies y defendido por el Letrado D. Miquel Vilanova.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª PILAR MARTÍN COSCOLLA, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El citado Letrado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra resolución de fecha 30/5/96 de denegación de licencia de reforma de altillos de la Estación de Francia para dedicarlos a Salón Recreativo.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Acordado por auto de fecha 25 de noviembre de 2000 el recibimiento del pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la L.E.C., se señaló a efectos de votación y fallo la audiencia del día 19 de septiembre del presente año.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La entidad Midnight Express S.L. impugna la resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Barcelona de fecha 24 de julio de 1996 por la que se desestimó el recurso interpuesto contra la resolución del Regidor del Distrito de Ciutat Vella de 30 de mayo de 1996 por la que se le había denegado la licencia de actividad de salón recreativo con servicio de bar , de salón polivalente para exposiciones y conferencias con servicio de bar , y de gimnasio que había solicitado para desarrollarla en los altillos de la nave central de la Estación de Francia, conllevando dicha licencia la de rehabilitación y adaptación de tales espacios. El motivo de la denegación fue , conforme al art. 37, 3 y 4 de las Ordenanzas Metropolitanas de Edificación , el sufrir el proyecto una deficiencia insubsanable , a saber, incurrir en la prohibición del art. 14,3 del Plan especial de Regulación de los Establecimientos de Pública Concurrencia y Hostelería del Distrito de Ciutat Vella de 1992, en concreto, pretender ubicar una actividad de la clase Cy E a menos de 100 metros de un recinto destinado a usos docentes ,en concreto, de las instalaciones de la Universidad Pompeu Fabra existentes en la misma Estación de Francia.

SEGUNDO

De forma preferente la parte actora plantea la anulación del acto impugnado por defectos de forma, al considerar que se ha tramitado el procedimiento incorrectamente al no resolverse sobre la prueba que solicitó en su día ni sobre las alegaciones que había formulado; en consecuencia solicita la anulación de...

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