STSJ Asturias , 10 de Diciembre de 2002

PonenteRAFAEL FONSECA GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2002:5664
Número de Recurso2314/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1 OVIEDO 55820 Número de Identificación único: 33044 3 0100480 /2002 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 2314 /1998 Sobre ADMINISTRACION DEL ESTADO De D/ña. Marcos Procurador/a Sr/a. JESUS VÁZQUEZ TELENTI Contra D/ña. DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS ABOGADO DEL ESTADO CODEMANDADA: CEPSA, SA. PROCURADORA: SRA. GIL-CARCEDO SENTENCIA n° 900 Ilmos. Sres.

Presidente:

D. JOSE ANTONIO MORILLA GARCIA CERNUDA Magistrados:

D. RAFAEL FONSECA GONZÁLEZ D. JOSE MANUEL GONZÁLEZ RODRIGUEZ En Oviedo, a diez de diciembre de dos mil dos. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 2.314 de 1998, interpuesto por Don Marcos , representado por el Procurador Don Jesús Vázquez Telenti y dirigido por el Letrado Don José

Tamargo Rodríguez, contra la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado. Actuando como parte codemandada CEPSA, ESTACIONES DE SERVICIO SA., representada por la Procuradora Doña Ana María Gil-Carcedo Morales y dirigida por la Letrada Doña Anunciación Alonso Ibáñez. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL FONSECA GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia en la que se declare lo siguiente:

  1. La estimación del presente recurso contencioso administrativo, declarando no ser conforme a derecho, y por tanto nula, la resolución de 18 de noviembre de 1998, y la resolución de la Secretaría de Estado de infraestructuras por la que se anuncia la convocatoria del concurso público para la adjudicación, mediante procedimiento abierto, del contrato de concesión para la construcción y explotación del Área de Servicio de "El Montico" (Asturias) publicada en le BOE el 13 de mayo de 1998, en la medida en que vulnera los artículos del Reglamento General de Carreteras artículos 84.1; 87.3; 87.4 y artículo 25.1 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del proceso a prueba b) Se impongan a la parte recurrida las costas procesales.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Conferido traslado a la parte codemandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por...

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