STSJ Asturias , 26 de Septiembre de 2001

PonenteEDUARDO GOTA LOSADA
ECLIES:TSJAS:2001:3795
Número de Recurso1286/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación único: 33000 3 0101461 /2001 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1286 /1997 Sobre Legalización de obras De D/ña. Andrés Procurador/a Sr/a. SIN PROFESIONAL ASIGNADO Contra D/ña. AYUNTAMIENTO DE LLANES PROCURADOR Mª. Angeles Feito Berdasco Codemandadas: Dª. Marí Luz Y PROMOCIONES GUILLÉN LAFUERZA, S. A. Procuradores: Dª. María Victoria Vallejo Hevia y Dª. Carmen García Boto.

SENTENCIA n° 837 Ilmos. Sres.

Presidente:

Dª. María José Margareto García Magistrados:

D. José Manuel González Rodríguez D. Eduardo Gota Losada En Oviedo, a veintiséis de septiembre de dos mil uno. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1286 de 1997, interpuesto por D. Andrés , representado y dirigido por la Letrada Dª. Olga Santoveña Díaz, contra el AYUNTAMIENTO DE LLANES, representado por la Procuradora Dª. Mª. Angeles Feito Berdasco y dirigido por el Letrado D. Avelino Cimadevilla Menéndez, siendo parte codemandada los HEREDEROS DE Da Marí Luz , representados por la Procuradora Dª. María Victoria Vallejo Hevia y dirigidos por el Letrado D. Carlos Duplá

Fernández, y la entidad PROMOCIONES GILLÉN LAFUERZA, S. A., representada por la Procuradora Dª.

Carmen García Boto y dirigida por el Letrado D. Carlos Duplá Fernández, versando el recurso sobre resolución de fecha 13 de marzo de 1997, en la que se acordó la legalización de obras a la empresa mercantil Proglasa, S. A., alzándose la suspensión de obras impuesta a la citada construcción. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Eduardo Gota Losada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia, por la que se declare: que es nula de pleno derecho la resolución dictada, concediendo licencia para legalización de obras en Celorio y que asimismo se declare la nulidad radical de la licencia inicial origen de estas actuaciones y nulos por tanto los actos que de la misma dimanaren, ordenando la inmediata demolición de lo ilegítimamente construido, dada la imposibilidad de legalización y debiendo estar y pasar por tales declaraciones de nulidad, o en su caso, declarando la anulación de todas las actuaciones administrativas habidas en el expediente de referencia, dada las irregularidades y manifiestas ilegalidades del mismo. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del proceso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del proceso a prueba.

TERCERO

Conferido traslado a la parte codemandada, Procuradora Sra. Vallejo Hevia, para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, declarando inadmisible por extemporáneo el recurso en cuanto a la licencia inicial y desestimándolo íntegramente siempre y en todo caso, declarando en consecuencia ajustados a derecho los acuerdos recurridos, y con imposición de las costas a las recurrentes. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del proceso a prueba.

CUARTO

Conferido traslado a la parte codemandada, Procuradora Sra. García Boto, para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, declarando inadmisible por extemporáneo el...

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