STSJ Comunidad de Madrid , 29 de Junio de 2001

PonenteJOSE TOME PAULE
ECLIES:TSJM:2001:8772
Número de Recurso2267/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Ltdo. Sr. Merelo Cueva Ltdo. Sr. Garrido Arranz A. del E. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO N° 2267 de 1997 y acumulado 2281/97 PONENTE Sr. José Tomé Paule SENTENCIA N° 611 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín D. José Tomé Paule En Madrid a veintinueve de junio de dos mil uno. Visto por la Sala del margen el recurso n° 2267 de 1997 interpuesto por el Letrado D. Arturo A. Merelo Cueva en representación de la Comunidad de Madrid contra el acuerdo del Juradb Provincial de Expropiación Forzosa de 29 de octubre de 1997 que desestimó el recurso interpuesto contra el justiprecio de la finca n° NUM000 -B del Proyecto Tajapiés-Cantueña Expediente 5021/97; habiendo sido parte la Administración General del Estado, representada por su Abogacía, a cuyo recurso se acumuló en recurso n°

2281/97.

La cuantía del recurso es de 9.612.454 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 23 de diciembre de 1997 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos y que se acepte la valoración hecha por la Administración expropiante de 429 pesetas m2.

SEGUNDO

En 23-12-1997 el Letrado D. José Garrido Arranz en representación de Dª. Diana impugna el mismo acto administrativo suplicando la anulación del acuerdo del Jurado y pidiendo que se incremente el justiprecio en 1.258.110 pesetas más, lo que dio lugar ala apertura del recurso 2281/97 que se acumuló al presente por auto de 7-5-98.

TERCERO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

CUARTO

Las demandadas en cada uno de los procesos indicados se opusieron a las demandas interpuestas respectivamente.

QUINTO

Recibido el pleito a prueba, se practicó la documental propuesta por las partes por la Comunidad de Madrid y las de documental y pericial propuestas por Dª. Diana , con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Con fecha 28 de junio de 2001 se celebró el acto de votación y Fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo.. Sr. D. José Tomé Paule.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso administrativo la Comunidad de Madrid representada por el Letrado de sus Servicios Jurídicos, D. Arturo A. Merelo Cueva impugna la decisión del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Madrid de 25 de junio de 1997, confirmado por el Acuerdo de 29 de octubre del mismo año que fijaron el justiprecio de la finca n° NUM000 -A del Proyecto Tajapiés- Cantueña expropiada por la Consejería de Política Territorial de la Comunidad de Madrid a los herederos de D. Alejandro . Se trata de una finca de 5.991 m2 sita en el término municipal de Fuenlabrada,...

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