STSJ Extremadura , 12 de Diciembre de 2002

PonenteELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJEXT:2002:2767
Número de Recurso601/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

La Sección de Refuerzo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente SENTENCIA Nº

PRESIDENTE: DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA DE LA CRUZ MERA.

/

En Cáceres a doce de diciembre de dos mil dos. Visto el recurso contencioso administrativo nº 601 de 2.000, promovido por la Procuradora Doña María de los Ángeles Chamizo García, en nombre y representación de URBANIZACIÓN Y VIVIENDAS DE CÁCERES S.A. siendo parte demandada LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO defendida y representada por el Sr. Abogado del Estado y la JUNTA DE EXTREMADURA, defendida por el Sr. Letrado de su Gabinete Jurídico , recurso que versa sobre : Resolución de 28 de febrero de 2.000, la Junta Económico Administrativa recaída en expediente en reclamación nº 0049/99,sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Cuantía del recurso 3.795.599 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito en el que interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto reflejado en el encabezamiento de la presente sentencia.-

SEGUNDO

Reclamado el expediente administrativo a la Administración demandada, y recibido el mismo , se hizo entrega del expediente administrativo a la representación de la parte actora, para que formalizara la demanda, lo que verificó dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y suplicando se dictara una sentencia estimatoria del recurso, con imposición de costas a la demandada y señalando como cuantía del recurso la 3.795.599 pesetas; dado traslado de la demanda a la administración demandada para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora y señalando como cuantía la de 3.795.599 pesetas.- Evacuado este trámite se dio traslado a la Junta de Extremadura para que contestase lo que verificó dentro de plazo e interesando se dictara sentencia desestimatoria del presente recurso. Fijándose como cuantía del presente recurso la de 3.795.599 pesetas.

TERCERO

No habiéndose interesado por ninguna de las partes el recibimiento a prueba del presente recurso, ni conclusiones, ni la celebración de vista, ni trámites de conclusiones y no estimarla necesaria la Sala se señaló día para votación y fallo, y llevándose a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltma SRA DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

S PRIMERO.- Se impugna en este recurso la resolución de la Junta Económico- Administrativa, de la Consejería de Economía, Industria y Hacienda de la Junta de Extremadura, de 28 de febrero de 2.000, por la que se desestimaba la reclamación de esa naturaleza promovida por el recurrente impugnando liquidación practicada por la Administración Autonómica por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados; se suplica en la demanda que se anule el mencionado acto. Se opone a tales pretensiones el Sr. Letrado del Gabinete Jurídico de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR