STSJ Extremadura , 20 de Febrero de 2002
Ponente | FATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA |
ECLI | ES:TSJEXT:2002:398 |
Número de Recurso | 130/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Febrero de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:
SENTENCIA Nº22 PRESIDENTE: DON . MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA DE LA CRUZ MERA/
En Cáceres a veinte de Febrero de dos mil dos.- Visto el recurso de apelación nº 130 de 2.001, interpuesto por la representación de Organización Impulsora de Discapacitados, contra la sentencia nº220/01 de fecha 14 de Noviembre de 2001 dictada en el recurso contencioso-administrativo nº 73/01, tramitado en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida , a instancias de Organización Impulsora de Discapacitados contra Consejería de Economía, Industria y comercio , sobre: Resolución del Secretario General Técnico de la Consejería de Economía, Industria y Comercio de fecha 8 de Febrero de 2001 . Se fijó como cuantía del proceso la cantidad de 5.000.000 pesetas.
Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Merida se remitió a esta Sala recurso contencioso-administrativo nº 73/01. Procedimiento que concluyó por Sentencia del Juzgado nº 1 de Mérida de fecha 14 de Noviembre de 2001 .
Notificada la anterior resolución a las partes intervinientes se interpuso recurso de apelación por la parte Actora, dando traslado a la representación de la parte demandada, aduciendo los motivos y fundamentos que tuvo por conveniente.
Elevadas las actuaciones a la Sala se formó el presente rollo de apelación por auto de en el que se acordó admitir a trámite el presente recurso de apelación, que se declara concluso para sentencia, con citación de las partes.
En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.-
Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado Dª FATIMA DE LA CRUZ MERA, que expresa el parecer de la Sala.
Interpone recurso de apelación la Organización Impulsora de Discapacitados (OID)
contra la sentencia de fecha 14 de noviembre de 2.001 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Mérida por la que, desestimando el recurso por aquélla interpuesto, se confirmó el acto administrativo impugnado (resolución sancionadora por importe de 5 millones de pesetas).
Se alza el apelante en esta segunda instancia reiterando lo que ya manifestó en primera instancia, a saber, que por tratarse de una asociación cuya actividad se extiende a todo el territorio nacional y precisar para ello autorización administrativa estatal, la Comunidad Autónoma de Extremadura carece de competencia para imponerle la sanción impugnada. A ello añade que la actividad por ella realizada sin...
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