STSJ Cataluña , 18 de Octubre de 2000

PonenteFELIPE SOLER FERRER
ECLIES:TSJCAT:2000:12919
Número de Recurso2649/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 2649/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL C.C ILMO. SR. D. ANTONIO GARCÍA RODRÍGUEZ ILMA. SRA. Dª. Mª DEL CARMEN QUESADA PÉREZ ILMO. SR. D. FELIPE SOLER FERRER En Barcelona a 18 de octubre de 2000 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 8395/2000 En el recurso de suplicación interpuesto por INSS frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Manresa de fecha 23 de noviembre de 1999 dictada en el procedimiento nº 852/1998 y siendo recurrido/a Laura . Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. D. FELIPE SOLER FERRER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 5-11-98 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Jubilación, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 23 de noviembre de 1999 que contenía el siguiente Fallo:

"Que estimando íntegramente la demanda promovida por Dña. Laura contra el INSTITU NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (I.N.S.S.), debo declarar y declaro el derecho de la actora a percibir la pensión de jubilación por el Régimen General de la Seguridad Social en la cuantía 100% de la base reguladora de 66.249 ptas y fecha de efectos 1-7-98, condenando al organismo demandado a estar y pasar por esta declaración y al abono de la pensión con el porcentaje reconocido."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - La parte actora, nacida el 30-6-1933, con D.N.I. NUM000 , afiliado a la Seguridad Social con el núm. NUM001 solicitó en fecha 10-7-98 pensión de jubilación que le fue reconocida por Resolución de 30-7-98 en la modalidad de pensión de jubilación SOVI en la cuantía establecida para el año 1998 y con efectos económicos 1-7-98.

  2. - En fecha 28-8-98 presentó escrito de reclamación previa por considerar que tiene derecho a una pensión de jubilación dentro del Régimen General de la Seguridad Social .

  3. - En el informe de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social constan los siguientes períodos de alta y baja con los siguientes días acreditados:

    A) INDA ANMA CVC del 1-7-47 al 23-9-50 = 1181 días B) BOFIL Y COROMINAS del 23-9-50 al 3-12-51 = 437 días C) NAC PIRELLI del 12-11-51 al 28-5-55 = 1294 días E) INDUSTRIA ANMA GVC del 26-12-66 al 31-12-77 = 4024 días F) INE, PRESTACIONES POR DESEMPLEO TOTAL del 1-1-78 al 12-2-80= 773 días.

    G) SIT.ESPECIAL DESEMPLEO I.L.T. 13-2-80 AL 12-6-81= 486 días H) SUBSIDIO POR DESEMPLEO TRABAJADO del 6-10-88 al 6-10-88 = día Totalizando 43 años, 6 meses 0 días.

  4. - Para el caso de estimarse la demanda la base reguladora asciende a 66.249 ptas y el porcentaje a aplicar sería del 100% y la fecha de efectos 1-7-1978.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado si lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia, que...

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