STSJ Andalucía , 5 de Junio de 2001

PonenteLUIS FELIPE VINUESA
ECLIES:TSJAND:2001:8047
Número de Recurso1114/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Social

J.V. SENT. NUM. 1.763/2.001.

SECCION 2ª

ILTMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA PRESIDENTE ILTMO. SR. D. JUAN CARLO TERRON MONTERO ILTMO. SR. D. JULIO PEREZ PEREZ MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a cinco de Junio de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1.114/2.000, interpuesto por el I.N.S.S. contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 5 de los de Granada en fecha 24 de Febrero de 2.000, en autos núm.

1.167/98, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS FELIPE VINUESA.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por DON Serafin sobre PRESTACIONES POR JUBILACION contra el I.N.S.S. y la T.G.S.S. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó Sentencia el 24 de Febrero de 2.000, por la que estimando la demanda interpuesta por el actor declara el derecho del mismo a percibir prestaciones por jubilación, con el 88% de la base 85.173 pesetas, con efectos económicos desde 1 de Abril de 1.998.

Segundo

En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - D. Serafin , nacido el 28 de Septiembre de 1.931, solicitó el 6 de Marzo de 1.998 pensión de jubilación y aplazamiento extraordinario en el Regimen Especial de Trabajadores Autónomos, por el periodo junio de 1.979 a febrero de 1.993, constando que el 9 de Julio de 1.996 había agotado las prestaciones por desempleo del nivel contributivo, no volviendo a trabajar más y no constando que permaneciera inscrito como demandante de empleo, siéndole concedido el aplazamiento por Resolución de la Dirección Provincial de la Tesoreria General de la Seguridad Social de 12 de Agosto de 1.998, advirtiéndole del devengo de interés y adjuntando el cuadro de amortización del débito. Dicha resolución así como el cuadro anexo, se dá aquí por reproducido por obrar a los folios 2 a 5.

  2. - El 27 de agosto de 1.998, la Dirección Provincial del I.N.S.S. emite Resolución en la que comunica al acto el reconocimiento del derecho a percibir la pensión solicitada conforme a un porcentaje del 88% de una base reguladora mensual de 85.173 pesetas, si bien, a pesar del aplazamiento reconocido, no se le considera al corriente, al no estar solicitando antes del hecho causante (6 de Marzo de 1.998)

informándole que si efectúa el ingreso de las...

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