STSJ Asturias , 15 de Diciembre de 2000

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2000:4886
Número de Recurso3168/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Social

ROLLO N°: RSU 3168 /1999.

45005 AUTOS N°: 298/99 MIERES SENTENCIA N° 2.569/2000 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a quince de Diciembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. José , contra la sentencia del Juzgado de lo Social de Mieres , ha sido ponente Ilmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por D. José , en reclamación de Jubilación, siendo demandado Ayuntamiento de Mieres y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha trece de octubre de mil novecientos noventa y nueve por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El actor D. José , nacido el 12 de noviembre de 1.935, trabajó por cuenta y orden del Ilmo.

    Ayuntamiento de Mieres desde el 31 de mayo de 1.970 y hasta el 31 de marzo de 1.999.

  2. - El referido trabajador con fecha 17 de marzo de 1.999, solicitó en virtud de lo dispuesto en el artículo 28 del Convenio Colectivo su pase a la situación de jubilación con efectos al 31 de marzo de 1.999 "por cumplir 65 años".

  3. - Concedida la pensión de jubilación el actor le fue abonada la cantidad de 250.000 pesetas en concepto de indemnización por jubilación anticipada.

  4. - Se agotó la reclamación previa y se interpuso la demanda el 23 de julio de 1.999.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- Frente a la sentencia de instancia que desestima la demanda del actor dirigida a percibir la suma de 350.000 pesetas de indemnización por jubilación anticipada y a cargo del Ayuntamiento de Mieres interpone recurso de suplicación la parte demandante articulando al efecto un único motivo que se...

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