STSJ País Vasco , 30 de Julio de 2004

PonenteJOSE ANTONIO GONZALEZ SAIZ
ECLIES:TSJPV:2004:1464
Número de Recurso261/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

Voces:

· Ordinario.Ley 98 · OTROS TRIBUTOS ACUERDO DE 29-11-01 DEL T.E.A.R. DEL PAIS VASCO DESESTIMATORIO DE LA RECLAMACION 48-857/00 CONTRA LIQUIDACION PROVISIONAL DICTADA EN CONCEPTO DE IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, EJERCICIO 1999 SENT TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 261/02 Y ACUMULADO Nº 2641/02 DE ORDINARIO LEY 98 SENTENCIA NUMERO 632/04 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DON LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA MAGISTRADOS:

DON JUAN CARLOS DA SILVA OCHOA DON JOSE ANTONIO GONZALEZ SAIZ En la Villa de BILBAO, a treinta de Julio de dos mil cuatro.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 261/02 y seguido por el procedimiento Ordinario Ley 98, en el que se impugna: ACUERDO DE 29-11-01 DEL T.E.A.R. DEL PAIS VASCO DESESTIMATORIO DE LA RECLAMACION 48-857/00 CONTRA LIQUIDACION PROVISIONAL DICTADA EN CONCEPTO DE IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, EJERCICIO 1999.

Son partes en dicho recurso: como recurrente GASALON 2000 S.L., representado por la Procuradora DOÑA CONCEPCION IMAZ NUERE y dirigido por el Letrado DON ALVARO MERINO.

Como demandada DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA, representada por la Procuradora DOÑA Mª

BEGOÑA PEREA y dirigida por Letrado y TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DEL

PAIS VASCO, representado y dirigido por el ABOGADO DEL ESTADO.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE ANTONIO GONZALEZ SAIZ, Magistrado de esta Sala.

I.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 28-01-02 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que Dª. CONCEPCION IMAZ NUERE actuando en nombre y representación de GASALON 2.000, S.L., interpuso recurso contencioso-administrativo contra el ACUERDO DE 29-11-01 DEL T.E.A.R. DEL PAIS VASCO DESESTIMATORIO DE LA RECLAMACION 48-857/00 CONTRA LIQUIDACION PROVISIONAL DICTADA EN CONCEPTO DE IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, EJERCICIO 1999; quedando registrado dicho recurso con el número 261/02.

Por resolución de fecha 28-11-02 se acordó la acumulación a este recurso del que se seguía ante esta misma Sala con el número 2641/02 en el que se impugnaba ACUERDO DE 29-11-01 DEL T.E.A.R. DEL PAIS VASCO DESESTIMATORIO DE LA RECLAMACION 48-857/00 CONTRA LIQUIDACION PROVISIONAL DICTADA EN CONCEPTO DE IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, EJERCICIO 1999.

La cuantía del presente recurso quedó fijada en 163.008,91 euros.

SEGUNDO

En el escrito de demanda se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados y que damos por reproducidos.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestimen los pedimentos de la actora.

CUARTO

El procedimiento no se recibió a prueba al no instarlo las partes ni considerarlo necesario este Tribunal.

QUINTO

Por resolución de fecha 26-07-04 se señaló el pasado día 29-07-04 para la votación y fallo del presente recurso.

SEXTO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

II.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre el acuerdo dictado el 29 de noviembre de 2001 por el Tribunal Económico Administrativo Regional del País Vasco en la reclamación nº 48-857/2000 suscitada respecto de la liquidación provisional correspondiente al cuarto trimestre del año 1999 del impuesto sobre el valor añadido y, el dictado el 24...

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