STSJ Murcia 464, 2 de Mayo de 2006

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2006:464
Número de Recurso444/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución464
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00501/2006 ROLLO Nº: RSU 444/2006 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En MURCIA, a dos de mayo del dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por MUTUA FREMAP, contra la sentencia número 420/05 del Juzgado de lo Social número Cinco de Murcia, de fecha 29 de noviembre del 2005, dictada en proceso número 702/05 , sobre ACCIDENTE, y entablado por D. Víctor frente MUTUA FREMAP, JUAN GARCIA CARRION, S.A., INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- El demandante D. Víctor , con D.N.I. NUM000 , nacido el 18/03/1.965, se encuentra afiliado en el Régimen General de la Seguridad Social por los servicios prestados como carretillero.

SEGUNDO

Sufrió un accidente de trabajo el 14/04/2.004 al ser atropellado el hombro del Sr. Víctor por rodillo cuando prestaba sus laborales para empresa García Carrión S.A., a la que en aquella fecha tenía cubiertos con la Mutua Fremap los riesgos profesionales. Con anterioridad al Accidente sufría fibromialgia. TERCERO.- Como consecuencia del accidente inició período de incapacidad laboral con el diagnóstico de un síndrome subacrornial comprensivo sobre el manguito de los rotadores. Necesitando filtraciones subacromiales con derivados cortisónicos, cirugía artroscópica descomprensiva y acromioplastia. Finalizando el periodo de I.T. el 4/12/2004. CUARTO.- En la actualidad el Sr. Víctor presenta contractura cervical importante en supraescapular y trapecio izquierdos cronificados con síndrome de impingement del hombro izquierdo. Encontrándose limitado para realizar esfuerzos físicos, y limitada la movilidad, global del hombro izquierdo en menos del 50 por 100. Ha sido tratado en la clínica del Dolor del Sureste por hombro doloroso. QUINTO.- Para la realización de su trabajo de carretillero necesita movimiento continuo durante la jornada laboral de las dos extremidades superiores y girar el cuello al hacer las maniobras. SEXTO.- Por la empresa, y como consecuencia del accidente, se ha procedido a recolocar al actor, ocupando en la actualidad el puesto de verificación de cargas. SEPTIMO.- Fue iniciado expediente para la declaración de incapacidad permanente, dictándose resolución por el I.N.S.S., con fecha 22/04/2.005 en donde eran declaradas las secuelas sufridas por el accidente como lesiones no incapacitantes, indemnizables según baremo. OCTAVO.- Disconforme con dicha resolución el Sr. Víctor interpuso reclamación administrativa previa, la que ha sido desestimada por resolución de 26/07/2.005. NOVENO.- La base reguladora anual para la incapacidad permanente total asciende a 18.588,29 Euros, y la base reguladora diaria para la incapacidad permanente parcial asciende a 43,99 Euros."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Desestimar la petición principal de 'la demanda promovida por D. Víctor , y estimar la petición subsidiaria. Y en consecuencia, procede declarar a dicho señor incapaz permanente parcial para la profesión de carretillero por causa de accidente de trabajo, con derecho a percibir una indemnización ascendiente a 31.672, 80 Euros. Condenando a la Mutua Fremap al...

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