STSJ Murcia , 29 de Octubre de 2001

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2001:2939
Número de Recurso904/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Social

3 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA Nº: 1552/2001 ROLLO Nº: RSU 904/2001 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a veintinueve de octubre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRIGUEZ GOMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Benjamín , contra la sentencia del JUZGADO DE LO SOCIAL N. 1 de CARTAGENA de fecha 9 de mayo del 2001, dictada en proceso número 136/2001, sobre INVALIDEZ, y entablado por D. Benjamín frente INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1º) El demandante, nacido el 21-4- 57, se encuentra afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 y ha sido dado de alta en el Régimen General por la realización de las funciones propias de su profesión habitual de contable. 2º) El actor inició situación de incapacidad temporal en fecha 24-2-87 y fue declarado en situación de incapacidad permanente absoluta por sentencia de este mismo Juzgado de 28-12-94, por padecer actitud pasiva e hipoquinética, depresión endógena agravada con depresión reactiva, ideas de autolisis, somatizaciones carduiresouratirias tipo angor, insomnio y adelgazamiento. 3º) Tras iniciar expediente de revisión el Instituto Nacional de la Seguridad Social en 1998 declaró la inexistencia de incapacidad permanente en ninguno de sus grados. Por nueva sentencia de este Juzgado de 20-1-99 se declaró nuevamente al actor en situación de incapacidad permanente absoluta por padecer depresión y trastorno de la personalidad, ideas de autolisis, insomnio, adelgazamiento y somatizaciones cardiorespiratorias tipo angor. 4º) Incoado nuevo expediente de revisión el INSS, en nueva resolución de fecha 8-8-00, declaró la inexistencia de invalidez permanente en ninguno de sus grados tras dictamen propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades de 29-6-00, y puso fin al pago de la prestación con efectos de 31-8-00. 5º) Disconforme con la anterior resolución, el demandante formuló reclamación administrativa previa, que fue desestimada por resolución del INSS de fecha 24-1-01.

6º) El demandante padece las siguientes dolencias y secuelas: Trastorno distímico y de simulación."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por D. Benjamín , absuelvo al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y a la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de las pretensiones deducidas en su contra.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado DOÑA PILAR MARTINEZ...

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