STSJ Asturias , 14 de Noviembre de 2003

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2003:5215
Número de Recurso2657/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL N.I.G: 33044 4 0103072 /2002, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002657 /2002 MATERIA: OTROS DCHOS. SEG. SOCIAL RECURRENTE/s: TGS, INSS RECURRIDO/s: Domingo JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 001 de OVIEDO DEMANDA 0000553 /2002 Sentencia número: 3567/03 Ilmos. Sres.

D. FRANCISCO JAVIER GARCIA GONZALEZ D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ En OVIEDO a catorce de Noviembre de dos mil tres, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE S.M. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 0002657 /2002, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en nombre y representación de TGS, INSS, contra la sentencia de fecha seis de junio de dos mil dos, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n° 001 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000553 /2002, seguidos a instancia de Domingo representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª.

JOSE MARIA MORI MENENDEZ frente a TGS, INSS, parte demandada, en reclamación por incapacidad temporal, siendo Magistrado- Ponente el Ilmo. Sr. D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha seis de junio de dos mil dos por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El actor D. Domingo , cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda y figura afiliado a la Seguridad Social-Régimen General con el nª NUM000 percibe desde el 1-2-00 la prestación contributiva de desempelo con arreglo a una base reguladora diaria de 38,80 ., prestación que tiene reconocida hasta el 20-1-02.

  2. - El 14-12-01 causó baja por incapacidad temporal.

  3. - Solicitadala prestación de incapacidad temporal le es reconocida por resolución de 18-2-02 con arreglo a una base reguladora diaria de 14,74 .

  4. - Formulada reclamación previa fue desestimada por resolución de 9-4-02.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.-. El recurso de suplicación interpuesto por...

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