STSJ Comunidad de Madrid 1353/2005, 26 de Diciembre de 2005

PonenteJOSE RAMON FERNANDEZ OTERO
ECLIES:TSJM:2005:17829
Número de Recurso3645/2005
Número de Resolución1353/2005
Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2005
EmisorSala de lo Social

JOSE RAMON FERNANDEZ OTERO JOSEFINA TRIGUERO AGUDO IGNACIO MORENO GONZALEZ-ALLER

RSU 0003645/2005

T.S.J. MADRID SOCIAL SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 01353/2005

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 003(C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2005 0010173, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACIÓN 0003645/2005

Materia: INVALIDEZ ABSOLUTA O TOTAL

Recurrente/s: Juan Enrique

Recurrido/s: TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TGSS, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSS

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 9 de MADRID de DEMANDA 0001075/2004

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL

MADRID

Sección Tercera

Secretaría Sr. Fariñas Matoni

Recurso nº 3645/05

Sentencia nº 1353/05 -AF

Ilmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero

Presidente

Ilma. Sra. Dña. Josefina Triguero Agudo

Ilmo. Sr. D. Ignacio Moreno González Aller

En Madrid, a veintiséis de Diciembre de dos mil cinco

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación nº 3645/05 interpuesto por D. Juan Enrique, representado por el Letrado D. Roberto Serrano de Lope, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº Nueve de los de MADRID, en los autos nº 1075/04, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 1075/04 del Juzgado de lo Social nº Nueve de los de Madrid, se presentó demanda por D. Juan Enrique, contra el INSS y la TGSS, en materia de Invalidez Absoluta o Total, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en fecha diez de Marzo de dos mil cinco en los términos siguientes:

Que DESESTIMANDO la demanda formulada por D. Juan Enrique, frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro que no procede la revisión por agravación, absolviendo al demandado de todos los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

PRIMERO.- D. Juan Enrique, nacido el 1.02.1940, y con D.N.I. núm. NUM000, fue declarado en situación de Invalidez Permanente en grado de Total para su profesión habitual de oficial 3ª siderometalúrgico, derivada de enfermedad común, por sentencia de fecha 3.07.1997.

SEGUNDO.- Las lesiones que dieron lugar a dicha declaración fueron: - Lumbalgia aguada y recidivante. - Lumbociática y sacrocoxalgia. - Artropatía degenerativa cervical. - Cervicoartrosis. - Epicondilitís codo izquierdo. - Operado sinusitis. - Intervenido prostatismo y litiasis vesical uretral.

TERCERO.- Presentó solicitud de revisión por agravación el día 19.12.2003, reconocido médicamente se determinan las siguientes lesiones según informe del EVI en su reunión de 6.05.2004 y visto informe médico de síntesis: - Cervicoartrosis. Discoartrosis C5-C6-C7. Lumbalgia. - Epicondilitis codo izquierdo. Antecedente de extirpación cabeza de radio. - Sinusitis intervenida. - Prostatitis intervenida. - Litiasis vesical-uretral tratada con litotricia. - Catarata intervenida. En su base el I.N.S.S. dictó resolución el 20.05.2004 denegatoria de la revisión. Formulada reclamación previa, fue desestimada por resolución definitiva de fecha 23.07.04, que agotó la vía administrativa.

CUARTO.- Las lesiones que padece actualmente el actor son: - Cervicoartrosis. Discartrosis C5-C6- C7. Lumbalgia. - Epicondilitis codo izquierdo. Antecedente de extirpación cabeza de radio. - Sinusitis intervenida. - Prostatitis intervenida. - Litiasis vesical-uretral tratada con litotricia. - Catarata intervenida.

QUINTO.- La base reguladora de la prestación solicitada asciende a 1.106,05 euros, con efectos de 20.05.2004.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por D. Juan Enrique, representado por el Letrado D. Roberto Serrano de Lope, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia se alza en suplicación el actor, articulando en primer lugar un motivo relativo al cuadro patológico que rechazamos.

La ley encomienda la fijación de los hechos probados al Juez "a quo" (artículo 97.2 L.P.L.) en coherencia con la circunstancia de que ante él se practican...

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