STSJ Murcia , 30 de Noviembre de 2001

PonenteMARIA ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA
ECLIES:TSJMU:2001:3269
Número de Recurso1408/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

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RECURSO nº: 1.408/98 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA SENTENCIA NÚM. 708/2001 ILTMOS SRES D. JOSÉ ABELLAN MURCIA PRESIDENTE Dª Mª ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA D. LUIS FEDERICO ALCAZA Y VIEYRA DE ABREU MAGISTRADOS En Murcia, a treinta de Noviembre de dos mil uno. Los Iltmos. Sres. Magistrados anotados al margen han visto el presente recurso contencioso administrativo que con el nº 1.408/98 pende de resolución, tramitado por las normas de PROCEDIMIENTO ORDINARIO, en cuantía indeterminada, interpuesto por CIEZANA DE CONSTRUCCIONES, S.A., representada y defendida por la Letrada doña Celia Gómez Ortigosa, y en el que ha sido parte demandada el AYUNTAMIENTO DE JUMILLA, representado por el Procurador don Juan Tomás Muñoz Sánchez y defendido por la Letrada doña María Eva Tudela Martínez, contra acuerdo de fecha 21 de abril de 1998, de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Jumilla, que desestima el recurso ordinario interpuesto contra el acto recaído en el expediente nº 183/97, de fecha 25 de noviembre de 1997, por el que se ordena el embargo de cuentas corrientes por deudas en relación con licencias de obras e Impuesto de Construcciones.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 24-6-98, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la siguiente pretensión: que se declare la nulidad del acuerdo impugnado, así como la nulidad del procedimiento de apremio dimanante de las liquidaciones por el Impuesto de Construcciones y de la tasa de expedición de licencias urbanísticas de los expedientes 120 y 121 de 1995, condenando a la Administración demandada a realizar la liquidación provisional tomando como base imponible los presupuestos de los proyectos de ejecución de obras a que se refieren los citados expedientes, con imposición de costas a dicha Administración.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo que se dicte Sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto y se declare ajustada a Derecho la resolución impugnada.

TERCERO

Recibido el proceso a prueba se practicaron las propuestas y admitidas con el resultado que consta en las actuaciones. Se señaló para la votación y fallo el día 23-11-2001, quedando los autos conclusos y pendientes de sentencia.

Siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. doña Mª ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA, quien expresa el parecer de la Sala.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La resolución recurrida, desestima el recurso ordinario interpuesto contra el acto recaído en el...

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