STSJ Galicia , 26 de Noviembre de 2001

PonenteJUAN CARLOS FERNANDEZ LOPEZ
ECLIES:TSJGAL:2001:8848
Número de Recurso7476/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NUMERO: 03 /0007476 /1998 RECURRENTE:AS BURGAS COOP. DE AMBULANCIAS ORENSANAS ADMON. DEMANDADA: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL PONENTE:D. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ LOPEZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 1059 /2001 Iltmos. Sres:

D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ Presidente D. JOSÉ LUIS COSTA PILLADO D. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ LOPEZ A Coruña, veintiséis de noviembre de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03 /0007476 /1998 pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por AS BURGAS COOPERATIVA DE AMBULANCIAS ORENSANAS, con domiciliado en (Ourense), representado por la procuradora Dª. MARIA TERESA PITA URGOITI y dirigida por el Letrado D. FÉLIX JOSÉ MENOR QUINTAIROS, contra Resolución de 23-1-98 desestimatoria de recurso ordinario contra el acta de liquidación nº 3297-11527863, Régimen General, periodo 2/97 a 5 /97; C. C. C. 32-1011741-38. Es parte la Administración demandada TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, representada y dirigida por el LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. La cuantía del asunto es de 1.812.761 pesetas.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ LOPEZ

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

  2. - La parte demandada compareció en juicio una vez que el mismo se encontraba concluso, pendiente de señalamiento para votación y Fallo.

  3. - No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día catorce de noviembre de 2001, fecha en que tuvo lugar.

  4. - La cuantía del presente recurso se cifra en 1.812.761 pesetas, por ser el importe de la liquidación de cuotas sociales controvertida.

  5. - En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Promueve este recurso la representación de la entidad mercantil "AS BURGAS COOPERATIVA DE AMBULANCIAS ORENSANAS" contra la resolución de 23.01.98 de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ourense, por la que se desestimó un recurso ordinario contra el acta de liquidación de cuotas que por diferencias de acuerdo con las tablas salariales se practicaron.

    Sostenía en la vía administrativa la empresa ahora recurrente que había sucedido, por transmisión "inter vivos" a la empresa FUNOR, S. L. " (y a otras) por lo que era aplicable el convenio en su día acordado entre esta empresa y los representantes de sus trabajadores y no el de ámbito estatal para el sector, como aplica la Administración. En el escrito de demanda se solicita que se anule el acta de liquidación en su totalidad por entender que la empresa pactó con los representantes de los trabajadores el acuerdo de "descuelgue" del convenio estatal...

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