STSJ Cataluña , 6 de Septiembre de 2000

PonenteANGEL GARCIA FONTANET
ECLIES:TSJCAT:2000:10962
Número de Recurso1567/1994
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Recurso n° 1567/94 Partes: D. Luis Andrés C/ LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE BARCELONA DE LA TESORERÍA GENERAL Codemandados: D. Tomás y FINCA ANGEL EUGENIO, S.A. SENTENCIA N° 978 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. ANGEL GARCÍA FONTANET MAGISTRADOS D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN Dª. MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona seis de septiembre de dos mil. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

1567/94, interpuesto por D. Luis Andrés , representado y defendido por el letrado D. FERNANDO RODRIGUEZ DE MIGUEL Y RAMOS, contra LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE BARCELONA DE LA TESORERÍA GENERAL, representado por la Procurador Dª. INMACULADA LASALA BUXERES. Ha sido parte codemandada D. Tomás y FINCAS ANGEL EUGENIO, S.P. representados y defendidos por el letrado D. ENRIQUE RUBIO NAVARRO. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANGEL GARCÍA FONTANET, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el letrado citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra el acto que expresa en el escrito de interposición del recurso, consistente en el acto denegatorio presunto de la Dirección Provincial de Barcelona de la Tesorería General de la Seguridad Social de cancelación de la inscripción registral de dominio de 1/3 indiviso de la finca registral n° NUM000 del Registro de la Propiedad n° 22 de Barcelona.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por auto de 21 de noviembre de 1997 , la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, solicitado por la parte actora, practicándose las que se propusieron y consideraron de aplicación. Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente se señaló día y hora para votación y Fallo que tuvo lugar el doce de julio del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

D. Luis Andrés , actor en este proceso impugna el acto denegatorio presunto de la Dirección Provincial de Barcelona de la Tesorería General de la Seguridad Social de cancelación de la inscripción registral de dominio y de 1/3 indiviso de la finca registral n° NUM000 del Registro de la Propiedad n° 22 de Barcelona y de la pedida indemnización de todos los daños/perjuicios ocasionados en virtud de la falta de resolución del recurso ordinario interpuesto el 16-12-93 ante la citada Tesorería.

SEGUNDO

Las peticiones de la actora, en una primera aproximación adolecen de una cierta confusión....

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