STSJ Murcia , 12 de Mayo de 2000

PonenteFERNANDO CASTILLO RIGABERT
ECLIES:TSJMU:2000:1468
Número de Recurso3322/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO Nº3322/97 SENTENCIA Nº333/2000 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCION PRIMERA Compuesta por los Ilmos. Sres.:

D. José Abellán Murcia Presidente Dª Esperanza Sánchez de la Vega D. Fernando Castillo Rigabert Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 333/2000 En Murcia, a doce de mayo de dos mil. En el recurso contencioso admimistrativo nº 3322/97, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 177.820 ptas., y referido a Impuesto de Bienes Inmuebles.

Parte demandante:

Construcciones Adler S.L., representada y dirigida por el Letrado D. Pedro Vicente Mateos Jorge.

Parte demandada:

Ayuntamiento de Cartagena representado por el Procurador D. Juan Tomás Muñoz Sánchez y dirigido por el Letrado D. Bernardo Muñoz Frontera.

Acto administrativo impugnado:

Decreto de 10 de octubre de 1997, dictado en el expediente A-108-97/GL por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra las liquidaciones sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana contenidas en los impresos recibos 29476 y 221558 del ejercicio de 1997.

Pretensión deducida en la demanda:

Se dicte sentencia por la que se declare nulo y no ajustado a Derecho el Decreto del Excmo.

Ayuntamiento de Cartagena de fecha 10 de octubre de 1997 por el que se desestima el recurso presentado contra la subida del IBI de las parcelas propiedad de mi mandante y reflejadas en el presente, así como, igualmente, se declaren nulos los recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana de las parcelas 18 y 19, sitas en la Cala del Pino de la Manga del Mar Menor, referencia catastral 0214433YGO70150001 y 02144YGO701S0001V, respectivamente, correspondientes al ejercicio 1997 al no haberse notificado en forma al sujeto pasivo el aumento de base imponible ni los hechos o elementos adicionales que la motivan, con imposición de costas.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Fernando Castillo Rigabert, quien expresa el parecer de la Sala

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 19 de diciembre de 1997, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo que se dicte sentencia por la que se inadmita el recurso y, subsidiariamente, se desestime la demanda interpuesta por la actora por ser ajustado a derecho el acto impugnado.

TERCERO

Ha habido recibimiento a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de derecho de esta sentencia.

CUARTO

Presentados los escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 5 de mayo de 2000.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor es propietario en la Cala del Pino de La Manga del Mar Menor de dos parcelas de terreno. El valor del suelo de dichas parcelas estaba tasado en el ejercicio 1996 en 1.331.629 ptas. y 1.387.117 ptas. En el ejercicio de 1997 el valor del suelo de dichas parcelas era de 3.963.960 ptas. y 12.102.000 ptas. Al recibir los recibos del IBI se procedió a interponer...

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