STSJ Comunidad de Madrid , 19 de Septiembre de 2003

PonenteJUAN IGNACIO PEREZ ALFEREZ
ECLIES:TSJM:2003:12702
Número de Recurso1665/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n°. 1665/99 Ponente: Sr. Juan Ignacio Pérez Alférez Recurrente: SIGLA, SA. Proc. Sra. Sánchez Cabezudo Gómez Demandado: COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID Secretaría: Dª Mª Teresa Barril Roche TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SENTENCIA NUM.- 1344 ILTMO. SR. PRESIDENTE D. Gustavo Lescure Ceñal ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS D. Juan Ignacio Pérez Alférez Dª. Pilar Maldonado Muñoz En Madrid, a diecinueve de septiembre de dos mil tres.

Visto por la Sección del margen el recurso n° 1665/99 promovido por la Letrada Dª Mercedes Hernández Segovia, en nombre y representación de la entidad SIGLA SA., contra la resolución de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid de fecha 18 de diciembre de 1998, en expediente n° O-1665/98, habiendo sido parte demandada la Comunidad Autónoma de Madrid, representada por el Letrado de sus Servicios Jurídicos. La cuantía del recurso es de 500.000 pesetas (3.005,06 euros)

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figura en los mismos.

SEGUNDO

Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 18 de septiembre de dos mil tres.

Siendo Ponente la Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Ignacio Pérez Alférez

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de la entidad SIGLA, SA., ha promovido un recurso jurisdiccional contra la resolución de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid de fecha 18 de diciembre de 1998, en expediente n° O-1665/98, que desestimó un recurso ordinario interpuesto contra otra resolución de fecha 16 de julio de 1998, dictada por la Dirección General de Trabajo y Empleo, que impuso a la parte recurrente la sanción de multa de 500.000 pesetas (3.005,06 euros), por infracción de los arts. 64.1,2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores, art. 10.3.3° de la Ley 11/85 sobre Libertad Sindical, y arts. 34.6 del Estatuto de los Trabajadores, art. 6.2 del RD. 156195 y art. 15 del Convenio Colectivo para la Hostelería del año 1997, en relación con los arts. 36 y 37 de la Ley 8/88.

Los hechos que integran las infracciones antes señaladas y cuya responsabilidad se atribuye la parte recurrente están relacionados en el acta n° 1576/98 de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid de 20 de marzo de 1998, en el sentido siguiente:

El/la inspector la de Trabajo y Seguridad Social que suscribe, en uso de las facultades que le otorga la Ley 8/88 de 7 de abril, sobre infracciones y sanciones en el orden social (BOE. 15-4-88) y el Peal Decreto 396/1996 de 1 de marzo, Reglamento para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social y para la extensión de actas de liquidación de cuotas de la Seguridad Social (BOE del 2 de abril), hace constar que en virtud de actuación inspectora, efectuada mediante comparecencias en las oficinas de esta Inspección Provincial los días 14 y 28 de noviembre y 6 de febrero de 1998, de la empresa de referencia, representa por Dª. María Mercedes Hernández, miembros de los comités de empresa de los centros de Arturo Soria 195, Julián Romea 4, Parque de las Naciones, de los restarurantes G'INOS de TEATRIZ, todos de la candidatura de la UGT, resultante de las últimas elecciones celebradas en la...

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