STSJ Asturias , 4 de Diciembre de 2002

PonenteEDUARDO GOTA LOSADA
ECLIES:TSJAS:2002:5605
Número de Recurso1786/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1 OVIEDO 55820 Número de Identificación único: 33044 3 0103325 /2000 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1786 /1998 Sobre DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR De D/ña. Jorge Procurador/a Sr/a. CECILIA ALVAREZ ALONSO Contra D/ña. M TRABAJO ABOGADO DEL ESTADO SENTENCIA n° 890 Ilmos. Sres.

Presidente:

Dª. María José Margareto García Magistrados:

D. Francisco Salto Villén D. Eduardo Gota Losada En Oviedo, a cuatro de diciembre de dos mil dos. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1786 de 1998, interpuesto por D. Jorge y D. Lucas , representados por la Procuradora Dª Cecilia Álvarez Alonso y dirigidos por el Letrado D. José

Luis Felgueroso Blanco, contra el MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES, representado por el Sr. Abogado del Estado, versando el recurso sobre resolución de fecha 17 de junio de 1998, desestimatoria del recurso ordinario formulado contra anterior decisión de la Dirección Provincial, de fecha 5 de noviembre de 1997, confirmatoria del Acta de Infracción n° NUM000 , imponiendo a los recurrentes la sanción de 500.100 pesetas, por la comisión de una infracción muy grave, consistente en que un trabajador compatibilizó la realización de trabajos en la empresa de los recurrente, con la percepción del subsidio de desempleo. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Eduardo Gota Losada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia, por la que estimando el recurso, se declaren no ajustadas a derecho las resoluciones recurridas, así como del Acta de Infracción que les sirvió de base, por no haberse acomodado el mismo a las normas de procedimiento establecidas y con carácter subsidiario, de no ser estimada aquélla, por no ser la conducta de los recurrentes, constitutiva de ninguna infracción del orden social. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que...

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