STSJ Galicia , 31 de Julio de 2002

PonenteJOSE LUIS COSTA PILLADO
ECLIES:TSJGAL:2002:5419
Número de Recurso10503/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NÚMERO: 03/10.503/1997 RECURRENTE: NOGUEROL CALEFACCIONES S.L. ADMON. DEMANDADA: TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL PONENTE: DON JOSÉ LUIS COSTA PILLADO EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NÚMERO 958/2002 Ilmos. Señores:

D. Francisco Javier Amorín Vieitez, presidente D. JOSÉ LUIS COSTA PILLADO.

D. Juan Carlos Fernández López.

A Coruña, treinta y uno de julio de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03/10.503/1997, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por NOGUEROL CALEFACCIONES S.L., con C.I.F. número B-32180093, domiciliado en C/ Río Limia 1, Ourense, representado por la procuradora doña MARIA ANGELES FERNÁNDEZ RODRIGUEZ y dirigido por la letrada doña MARÍA SOL NOVOA RODRÍGUEZ, contra Resolución de 17/10/1997 desestimatoria de recurso ordinario contra otra de la Subdirección Provincial de la Recaudación Ejecutiva sobre reclamación de descubiertos de la Seguridad Social; asunto MR/MS responsabilidad solidaria. Es parte la administración demandada TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, representada y dirigida por el LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. La cuantía del asunto es indeterminada.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS COSTA PILLADO

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

  2. Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.

  3. No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 12 de junio de 2002, fecha en que tuvo lugar.

  4. En la substanciación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna mediante el presente recurso contencioso-administrativo resolución de la Dirección Provincial de Ourense de la Tesorería General de la Seguridad Social, de fecha 17 de octubre de 1997, por la que se desestima recurso ordinario interpuesto por la entidad mercantil "Noguerol Calefacciones, S.L." contra acuerdo de la Subdirección Provincial de Recaudación Ejecutiva, de 12 de agosto del mismo año,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR