STSJ Comunidad Valenciana , 2 de Junio de 2001

PonenteJOSE DIAZ DELGADO
ECLIES:TSJCV:2001:5038
Número de Recurso698/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Rº núm.: 698/98 S E N T E N C I A N º 805 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Iltmos. Sres.:

Presidente D. JOSE DIAZ DELGADO Magistrados D. SALVADOR BELLMONT Y MORA D. LUIS MANGLANO SADA En Valencia , a 02 de junio de 2001.

Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 698/98, promovido por el Procurador V. Javier García López en nombre y representación de DOÑA Rosa contra resolución de la Consellería de Economía de fecha 27- 11-97, expdte. Nº 9/97-V, que resuelve recurso ordinario sobre sanción por infracción de la Ley del Juego de la Comunidad Valenciana habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Letrado de la Generalidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el art. 78 de la Ley de la Jurisdicción, y verificado quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señala la votación para el día uno de diciembre del corriente año, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente el Magistrado Ponente Ilmo Sr. D. JOSE DIAZ DELGADO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La infracción que se imputaba era la siguiente: No constar en el establecimiento Bar DIRECCION000 , situado en la calle DIRECCION001 numero NUM000 de Horno de Alcedo (Valencia) el justificante de pago de la Tasa Fiscal de los trimestres del año 1996.

El recurrente entre otros motivos alega la falta de cobertura legal de la sanción impuesta.

SEGUNDO

El artículo 24 de la Ley de la Generalitat Valenciana, 4/1988, dispone: San faltas graves:

(...) f) No exhibir en el establecimiento de juego, así como en las máquinas autorizadas, el documento acreditativo de la autorización establecido por la presente Ley, así como aquellos que en el desarrollo de la presente norma y disposiciones complementarias se establezcan. (...) h) No...

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