STSJ Comunidad de Madrid 264/2007, 19 de Marzo de 2007

PonenteMIGUEL ANGEL VEGAS VALIENTE
ECLIES:TSJM:2007:5253
Número de Recurso191/2004
Número de Resolución264/2007
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8

MADRID

SENTENCIA: 00264/2007

SENTENCIA nº 264

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE:

DÑA. INES HUERTA GARICANO

MAGISTRADOS:

D. MIGUEL ANGEL VEGAS VALIENTE

DÑA. CARMEN RODRIGUEZ RODRIGO

_____________________________________

En Madrid, a diecinueve de marzo de dos mil siete.

VISTO por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el Recurso Contencioso-Administrativo número 191/2004, interpuesto por la entidad mercantil MONTEJANO, S.A., representada por el Procurador D. Jesús Verdasco Triguero, y asistida del Letrado D. Basilio Valcárcel Toirán, contra la resolución del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid, de 5 de septiembre de 2003, que desestimó el Recurso de Alzada interpuesto contra la resolución del Director General de Transportes de 20 de enero de 2003, que le impuso una sanción de 1.200 euros por la comisión de una infracción grave de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres (LOTT), por la realización de un transporte privado complementario con exceso de peso; siendo parte demandada la Comunidad de Madrid, representada por Letrado de sus Servicios Jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Interpuesto el recurso y remitido el expediente administrativo, la parte actora formalizó el escrito de demanda en el que, tras las correspondientes alegaciones, solicitó se dictara Sentencia declarando la nulidad de pleno derecho del expediente sancionador en el que se dictaron las resoluciones impugnadas y, subsidiariamente, la caducidad del mismo expediente.

SEGUNDO

El Letrado de la Comunidad contestó la demanda solicitando se dictara Sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba y practicada la admitida, se acordó que las partes formulasen escritos de conclusiones, lo que efectuaron por su orden, quedando pendientes de señalamiento cuando por turno le correspondiera.

CUARTO

Para votación y fallo se señaló la audiencia del día quince de febrero de dos mil siete, lo que tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos aplicables.

Siendo Ponente el Magistrado de la Sección ILTMO. SR. D. MIGUEL ANGEL VEGAS VALIENTE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La entidad mercantil recurrente impugna la resolución de la Dirección General de Transportes de la Comunidad de Madrid de 20 de enero de 2003, confirmada en alzada por la resolución del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de 5 de septiembre de 2003, que le impuso una sanción de 1.200 euros por la comisión de una infracción grave prevista en el art. 140.c) de la LOTT, y en el art. 197.c) del ROTT, por el hecho de realizar un transporte privado complementario de tierra con el camión matrícula M-0509-KH, el día 14 de marzo de 2001, con exceso de peso pues siendo el P.M.A. de 26.000 kgs. la báscula arrojó un resultado de 31.856 kgs., ascendiendo el exceso de peso a 5.856 kgs. -22,5% de exceso-. Hecho comprobado cuando el referido vehículo se dirigía por la carretera M-501 hacia San Martín de la Vega, en la báscula oficial de la Comunidad de Madrid, de cuyo...

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