STSJ Comunidad de Madrid , 3 de Febrero de 2003
Ponente | JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO |
ECLI | ES:TSJM:2003:1675 |
Número de Recurso | 1028/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 3 de Febrero de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Proc. Sra. Rodriguez Pechin A. del E. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª (APOYO N° 3)
RECURSO N° 1028 de 1999 PONENTE SR. Juan Ignacio González Escribano SENTENCIA N° 147 Presidente Iltmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.
D. Alfonso Sabán Godoy D. Ramón Verón Olarte En Madrid a tres de febrero del año dos mil tres.
Visto el recurso número 1028 de 1999 interpuesto por la procuradroa Sra. Rodriguez Pechín, en nombre y representación de Hachette Filipacchi Presse, SA, contra diversos acuerdos de la Oficina Española de patentes y marcas de 7-12-1998, por las que se concedieron las solicitudes de registro de marca n° 2.124.447 ELLA CON n° 2.124.448 ELLA SALUD, n° 2.124.449 ELLA AL DIA para distinguir servicios de la clase 38 del Nomenclator Internacional, habiendo sido parte la Administración General del Estado, representada por su Abogacía y Televisión Autonomia Madrid, SA, representado por la Procuradora Sra. Rincón Mayoral.
La cuantía del recurso es de indeterminada pesetas.
Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 10 de diciembre de 1999, contra el acto antes mencionado, acordnadose admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hehcos y de derecho que consideró pertineentes terminço suplicando la estimación del recurso, con la sonsiguiente anulación de los actos recurridos y en consecuencia la denegación de los registros mencionados.
La representación procesal de las partes demandadas contestaron a la demanda mediante escritos en los que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron aplicables, terminaron pidiendo la desestimación del presente recurso.
Recibido el pleito a prueba se practicaron las propuestas con el resultado que obra en autos.
Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha 27 de enero de 2003, se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
Se impugna...
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