STSJ Comunidad de Madrid 1572, 10 de Marzo de 2006

PonenteMARIA LUZ GARCIA PAREDES
ECLIES:TSJM:2006:1572
Número de Recurso6211/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1572
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

RSU 0006211/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 4ª (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2005 0012748, MODELO: 46050 TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 6211/2005 Materia: DESEMPLEO Recurrente/s: Diego Recurrido/s: SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 32 de MADRID de DEMANDA 305/2005 C.A.

Sentencia número: 132/2006 Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

MIGUEL ÁNGEL LUELMO MILLÁN JOSÉ LUIS GILOLMO LÓPEZ MARIA LUZ GARCIA PAREDES En MADRID, a diez de Marzo de dos mil seis, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 4ª de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española , EN NOMBRE DE S.M. EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL ha dictado la siguiente SENTENCIA en el RECURSO SUPLICACION 6211/2005, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª

José F. Javier Barandiaran Irigoyen, en nombre y representación de Diego , contra la sentencia de fecha 27 de junio de 2005, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº 32 de MADRID, en sus autos número 305/2005 , seguidos a instancia del recurrente frente al SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, en reclamación por desempleo, ha sido Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª MARIA LUZ GARCIA PAREDES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- La parte demandada dictó resolución notificada el 9-02-05 exigiendo la devolución por cobro indebido de 2470,31 euros en el período 9-03-03 por invalidez provisional o permanente.- SEGUNDO.- El actor agotó la vía previa.- TERCERO.- El INEM reconoció mediante resolución notificada el 21-01-05 prestaciones por desempleo en el período comprendido entre el 1-10-04 al 30- 03-05 percepción que se paralizó hasta que se dilucidarse un expediente por percepciones indebidas.- CUARTO.- Por sentencia del Juzgado Social 37 de Madrid confirmada por sentencia del Tribunal Superior Justicia de Madrid de 24-05-04 se declaró al hoy actor afecto a Incapacidad Permanente Total derivada de accidente de trabajo con derecho al período de una pensión con efectos de 19-12-01."

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se desestimó la demanda presentada por el actor.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandante; tal recurso no fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha 22 de diciembre de 2005, dictándose las correspondientes y subsiguientes decisiones para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo para su conocimiento y estudio, señalándose el día 9 de marzo de 2006 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho se formulan por esta Sección de Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- La sentencia de...

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