STSJ Galicia , 21 de Diciembre de 2000

PonenteJOSE MARIA ARROJO MARTINEZ
ECLIES:TSJGAL:2000:10099
Número de Recurso5259/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0005259 /1997 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 1477/2.000 Iltmos. Sres.

DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ. - PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a veintiuno de diciembre de dos mil. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0005259 /1997 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por EXTRACO, CONSTRUCCIONS E PROXECTOS, S. A., representado y dirigido por el letrado D. JOSÉ ANTONIO PÉREZ FERNANDEZ, contra Acuerdo del Ayuntamiento de Vilalba de 25 -2 -97, desestimatoria de la solicitud de indemnización a EXTRACO, S. A. Es parte como demandada el AYUNTAMIENTO DE VILALBA (LUGO), el cual no se encuentra personado en estos autos, pese a haber sido emplazado conforme determina el art. 63.1 de la Ley Jurisdiccional . La cuantía del recurso es determinada, con un importe de 4.804.005 ptas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

La Corporación demandada no se encuentra personada en estos autos, pese a haber sido emplazada conforme determina el art. 63.1 de la Ley Jurisdiccional.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día catorce de diciembre de 2000.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso se dirige contra acuerdo de la Comisión de Gobierno del Concello de Vilalba, de 25 -2 -97, desestimatorio de la solicitud de indemnización de 4.804.005 ptas.

SEGUNDO

La parte actora, adjudicataria de la obra de "Construcción do Centro de Saude de Vilalba (Lugo)" encargada por el SERLAS, entiende que por el Concello de Vilalba se incumplió la obligación que había contraído en virtud de Convenio con la...

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