STSJ Comunidad Valenciana , 28 de Noviembre de 2002
Ponente | JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA |
ECLI | ES:TSJCV:2002:11527 |
Número de Recurso | 2145/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 28 de Noviembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
R. 2145/99 SENTENCIA Nº 1565 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera Ilmos. Sres. :
Presidente :
JOSE DIAZ DELGADO.
Magistrados :
JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA.
D. CARLOS ALTARRIBA CANO.
En la Ciudad de Valencia, a veintiocho de noviembre de dos mil dos. VISTO por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo no 2145/99, interpuesto por la Procuradora Dña. Elvira Orts Rebollida, en nombre y representación de Dña. Mariana , contra la Adminsitración del Estado. Habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
La parte demandada contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló la votación para el día 27 de noviembre de 2002, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA.
El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto, contra Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia, de 25 de febrero de 1999, desestimatoria de la reclamación nº 03/1454/98, formulada contra la liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1993, derivada de Acta de Disconformidad; en el extremo relativo al incremento de patrimonio no justificado.
En fecha 28 de noviembre de 1995, por los Servicios de Inspección de la A.E.A.T. de Alicante, se levantó a la demandante Acta de Disconformidad, Modelo A02, por el I.R.P.F., ejercicio 1993, en la que se hacía constar una base imponible comprobada de 5.503.391 ptas, consecuencia de rendimientos de trabajo personal, de capital mobiliario e incrementos de patrimonio no declarados, resultanto una deuda tributaria de 2.427.558 ptas. La demandante formuló alegaciones prestando su conformidad a los rendimientos netos de trabajo personal y del capital mobiliario, y su disconformidad con el incremento de patrimonio no justificado.
Por Acuerdo del Inspector Jefe, de 12 de febrero de 1996, aplicando la reducción del 30 % de la cuantía de la sanción sobre la cuota correpondiente a los rendimientos a los que dio su conformidad la interesada, aprobo una liquidación por importe de 2.370.628 ptas.
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