STSJ Cataluña , 25 de Enero de 2002

PonenteLUIS MARIA DIAZ VALCARCEL
ECLIES:TSJCAT:2002:946
Número de Recurso264/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Enero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso n° 264/98 Partes: INDUSTRIAS QUÍMICAS AUXILIARES DE PLÁSTICO, S.A. C/

AYUNTAMIENTO DE MANLLEU SENTENCIA N°68 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. MANUEL QUIROGA VAZQUEZ MAGISTRADOS D. MANUEL TABOAS BENTANACHS D. LUÍS Mª DÍAZ VALCÁRCEL En la ciudad de Barcelona, a veinticinco de enero de dos mil dos VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

264/98, interpuesto por la entidad INDUSTRIAS QUÍMICAS AUXILIARES DEL PLÁSTICO, S.A., representado y defendido por el letrado D. XAVIER VILAR VINYETA, contra el AYUNTAMIENTO DE MANLLEU, representado y defendido por la letrada Dª. CARMEN NOGUER PORTERO.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUÍS Mª DÍAZ VALCÁRCEL, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El letrado citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución del Ayuntamiento de Manlleu de fecha 23 de diciembre de 1997 desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la liquidación del Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (expediente 368/97).

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la

Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por auto de 14 de marzo de 2000, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, solicitado por la parte demandada, practicándose las que se propusieron y consideraron de aplicación. Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente se señaló día y hora para votación y Fallo que tuvo lugar el 22 de enero del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo interpuesto a nombre de Industrias Químicas Auxiliares del Plástico, S. A tiene por objeto la pretensión anulatoria de la Resolución del Ayuntamiento de Manlleu de fecha 23 de diciembre de 1997 en la que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la liquidación del Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (expediente 368/97) por importe de 2.633.599 ptas, que es la cuantía del recurso.

SEGUNDO

Resulta de lo actuado que el 6 de mayo de 1997 la entidad actora vendió a REWE IBERICA, S.A. una finca sita en el Paseo de Sant Joan n° 245...

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