STSJ Andalucía , 11 de Noviembre de 2002
Ponente | FEDERICO LAZARO GUIL |
ECLI | ES:TSJAND:2002:15573 |
Número de Recurso | 842/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 11 de Noviembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO 842/1997 SENTENCIA NUM. 1.652 DE 2002 Ilmo. Sr. Presidente:
Don José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados Don Federico Lázaro Guil Don Rafael Toledano Cantero
En la ciudad de Granada, a once de noviembre de dos mil dos. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 842/1997, seguido a instancia de DO_A Encarna , que comparece representada por el Procurador don Carlos Alameda Ure_a y asistida de Letrado, siendo parte demandada el AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA, en cuya representación y defensa interviene el Procurador don Eduardo Alcalde Sánchez y asistido de Letrado. La cuantía del recurso es de 126.164 pesetas
Interpuesto recurso contencioso-administrativo frente a la actuación administrativa que se detalla en el primer fundamento jurídico de esta resolución, se admitió a trámite y se acordó reclamar el expediente administrativo, siendo remitido por la Administración demandada.
En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y anulando las resoluciones recurridas .
En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia estimando el recurso y anulando las resoluciones recurridas desestimando el recurso y confirmando la resolución recurrida
Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.
Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó darles traslado para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación.
Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.
Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Federico Lázaro Guil.
El recurso - inicialmente interpuesto frente a la desestimación presunta del recurso de reposición formulado contra la resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Almería, de fecha 20 de septiembre de 1996, que desestimaba el escrito de alegaciones presentado contra el acta de Inspección, en la modalidad de prueba preconstituida, nº 301/96, por importe total de 126.164...
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