STSJ Comunidad de Madrid , 21 de Marzo de 2001

PonenteJUAN IGNACIO PEREZ ALFEREZ
ECLIES:TSJM:2001:4004
Número de Recurso2565/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n°.- 2565/96 Ponente Sr. Pérez Alférez Recurrente: Proc. Sr. García Barrenechea Demandado: Proc. Sr. Rodríguez Montaut Secretaría: Dª. Mª. Teresa Barril Roche TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SENTENCIA NÚM.- 367 ILTMO. SR. PRESIDENTE D. Gustavo Lescure Ceñal ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS D. Pérez Alférez Dª. Pilar Maldonado Muñoz En Madrid a veintiuno de marzo de dos mil uno. Visto por la Sección del margen el recurso n° 2565/96 interpuesto por el Procurador D. José Luis García Barrenechea en nombre y representación de D. Juan contra el acuerdo del Ayuntamiento de Madrid de 22 de julio de 1996 que desestimó el recurso interpuesto contra la providencia de apremio dictada por la Recaudación Ejecutiva Municipal para el cobro de la liquidación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos en expediente municipal 8835267501; habiendo sido parte demandada el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador D. Rafael Rodríguez Montaut.

La cuantía del recurso se ha fijado en 380.000 pts.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos qué figuran en los mismos.

SEGUNDO

Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y Fallo, que tuvo lugar el día 20 de marzo de 2001.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Pérez Alférez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

LA representación procesal de D. Juan ha promovido un recurso jurisdiccional contra el acuerdo del Ayuntamiento de Madrid de 22 de julio de 1996 que desestimó el recurso interpuesto contra la providencia de apremio dictada por la Recaudación Ejecutiva Municipal para el cobro de la liquidación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos en expediente municipal 8835267501 por importe de 380.000 pts a consecuencia de la adquisición mortis causa del piso sito en la calle DIRECCION000 n°

NUM000 , NUM001 DIRECCION003 de esta ciudad a consecuencia del fallecimiento de Dª. Estíbaliz ocurrido el día 12 de noviembre de 1982.

SEGUNDO

promueve la parte actora su acción impugnatoria alegando la nulidad de las notificaciones de la liquidación tributaria así como la prescripción de la acción que corresponde a la Administración para exigir el pago de la deuda tributaria, por el transcurso del plazo legal de cinco años según lo dispuesto en el art. 63 y concordantes de la ley General Tributaria, en relación con los arts. 137.b y d de dicha Ley y 99.a y b del Reglamento General de Recaudación, por entender que la...

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