STSJ Cataluña , 14 de Noviembre de 2000
Ponente | MANUEL QUIROGA VAZQUEZ |
ECLI | ES:TSJCAT:2000:14487 |
Número de Recurso | 2579/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 14 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso n° 2579/97 Partes: Dª. Sandra C/ AYUNTAMIENTO DE LA SEU D'URGELL SENTENCIA N°955 Ilmos. Sres.
PRESIDENTE D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ MAGISTRADOS D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS D. FRANCISCO LÓPEZ VÁZQUEZ En la ciudad de Barcelona, a catorce de noviembre de dos mil. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°
2579/97, interpuesto por De Sandra , representado por el Procurador D. MANUEL SUGRAÑES PEROTES y defendido por el letrado D. RAMON SUÑE MASSO, contra EL AYUNTAMIENTO DE LA SEU D'URGELL, representado por el Procurador D. ANGEL QUEMADA RUIZ y defendido por el letrado D. RAMON MASSAGUER I MIR. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ, quien expresa el parecer de la SALA.
Por el Procurador citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra el acto que expresa en el escrito de interposición del recurso, consistente en las resolución que se dirán en el primer fundamento de derecho.
Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Por auto de 13 de noviembre de 1998 , la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, solicitado por la parte demandada, practicándose las que se propusieron y consideraron de aplicación. Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo que tuvo lugar el 7 de octubre del año en curso.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones...
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