STSJ Cataluña , 5 de Abril de 2001
Ponente | MANUEL TABOAS BENTANACHS |
ECLI | ES:TSJCAT:2001:4669 |
Número de Recurso | 457/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 5 de Abril de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Autos nº 457/1998 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA RECURSO N° 457/98 PARTES ESPAIS PROMOCIONS IMMOBILIARIES EPI, S.A. C/ AYUNTAMIENTO CERDANYOLA DEL VALLES S E N T E N C I A Nº 282 Ilustrísimos Señores MAGISTRADOS D. JOSÉ JUANOLA SOLER.
D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.
D. LUIS MARÍA DÍAZ VALCÁRCEL.
BARCELÓNA, a cinco de abril de dos mil uno. Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el recurso contencioso- administrativo n° 457/98, seguido a instancia de la entidad ESPAIS PROMOCIONE IMMOBILIARIES EPI, S.A., representado/a por el/la Abogado Don/Doña GONZALO JIMENEZ BERMEJO, contra el AYUNTAMIENTO DE CERDANYOLA DEL VALLES, representado por el/la Letrado Don/Doña JOSE GIL SANZ, sobre Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.
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- El 3 de febrero de 1998 la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Cerdanyola del Vallés dictó
Acuerdo por virtud del que, en esencia, se desestimó el recurso de reposición formulado contra las liquidaciones -nº 975406170, 975406171, 975406172 y 975406173- giradas en concepto del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, relativas a la finca situada en la calle Santa Rosa nº 42 de ese municipio y por importe inferior a 3.000.000 pts. 2º.- Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo; el que admitido a trámite se publicó anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictase Sentencia estimatoria de la demanda articulada. Se pidió el recibimiento del pleito a prueba.
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- Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.
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- Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra...
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