STSJ Comunidad Valenciana , 24 de Enero de 2003

PonenteLUIS MANGLANO SADA
ECLIES:TSJCV:2003:543
Número de Recurso60/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo de Apelación nº 60/02 SENTENCIA Nº 91 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO Sección Primera Iltmos. Srs.:

Presidente:

D. JOSÉ DÍAZ DELGADO Magistrados:

D. SALVADOR BELLMONT MORA.

D. LUIS MANGLANO SADA.

En la Ciudad de Valencia, a 24 de enero de dos mil tres.

VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso de apelación nº 60/2002, interpuesto por el Procurador D. Vicente Miralles Morera, en nombre y representación de EDIFICIOS MARISTAS S.A., contra la sentencia nº 102 de 7 de junio de 2002, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Alicante, en el recurso contencioso- administrativo nº 392/01.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso- administrativo nº 1 de los de Alicante se remitió a esta Sala el antedicho recurso contencioso-administrativo junto con el recurso de apelación mencionado.

SEGUNDO

Repartido el recurso de apelación a esta Sección, se formó el correspondiente rollo de apelación y, habiéndose desestimado el recibimiento a prueba, sin que se haya solicitado la celebración de vista o la presentación de conclusiones, se señaló para su votación y fallo el día 23 de enero de dos mil tres.

TERCERO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

Siendo ponente el Magistrado D. LUIS MANGLANO SADA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por vía de recurso de apelación se somete a la consideración de esta Sala la adecuación a Derecho de la sentencia de 7 de junio de 2002 del citado órgano jurisdiccional, por la que se desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por EDIFICIOS MARISTAS S.A. contra la resolución de 15-6-2001 del Ayuntamiento de Alicante, desestimatoria del recurso de reposición formulado contra la liquidación de intereses practicada el 23-3-2001, en ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo de 2-2-2001.

SEGUNDO

Para el debido conocimiento y resolución del recurso, conviene partir de los siguientes hechos resumidos:

Como consecuencia de la transmisión de un solar el 11-2-1986, el Ayuntamiento de Alicante practicó a la recurrente liquidación por el Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos, que fue recurrida por la sociedad actora en vía jurisdiccional (recurso 716/1990), recayendo sentencia 442/93 estimatoria, que anuló el acto liquidatorio.

Girada por la Corporación demandada nueva liquidación por Decreto de 17-6-1993, por un importe de 10.910.611 ptas., tras desestimarse el 30-11-1993 el recurso de reposición se interpuso un nuevo contencioso- administrativo, que se acumuló al anteriormente existente, finalizando por auto de esta Sala de 26-4- 1995 que confirmó la cuota y anuló los intereses de demora liquidados. Por auto de 13-6-1995 se desestimó el subsiguiente recurso de súplica, interponiéndose casación por la actora, que finalizó por sentencia del Tribunal Supremo de 2-2-2001, desestimatoria del recurso de casación.

Así pues, finalizada la vía jurisdiccional y en ejecución de la STS de 2-2-2001, el Ayuntamiento de Alicante decreta el 23-3-2001 la liquidación de los intereses de demora (7.409.650 ptas.) a añadir a la deuda tributaria principal (10.910.611 ptas.), desestimando el 19-10-2001 el subsiguiente recurso de reposición formulado por la mercantil apelante, interponiendo a continuación el recurso contencioso- administrativo que finalizó por la sentencia apelada.

Reseñar que la cuota principal de 10.910.611 ptas. fue pagada finalmente el 18-6-2001, sin que en vía administrativa o en sede jurisdiccional en ningún momento la parte apelante solicitara medidas cautelares, no existiendo, pues, suspensión alguna de una deuda cuyo plazo de pago en...

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