STSJ Murcia , 7 de Julio de 2000

PonenteLUIS FEDERICO ALCAZAR VIEYRA DE ABREU
ECLIES:TSJMU:2000:2157
Número de Recurso3021/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

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RECURSO nº: 3021/1997 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCION PRIMERA Compuesta por los Iltmos. Sres.:

D. JOSE ABELLAN MURCIA Presidente Dª MARIA ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA D. LUIS FEDERICO ALCAZAR VIEYRA DE ABREU Magistrados Ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY La siguiente SENTENCIA NÚM. 532/2000 En Murcia, a siete de julio de dos mil. En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 3021/1997, tramitado por las normas de Procedimiento Ordinario, en cuantía determinada, por importe de 445.890 pesetas y referido a:

Parte demandante:

DON Carlos Jesús Y DON Alejandro representados y dirigidos por el Letrado Don Fernando Martínez Garrido.

Parte demandada:

EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MURCIA representado por la Procuradora Doña Josefa Gallardo Amat y dirigido por el Letrado Don Antonio Hellín Pérez.

Acto administrativo impugnado:

Resolución de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Murcia de 9 de julio de 1997 desestimatoria del recurso de reposición interpuesto frente a la liquidación complementaria aprobada por Decreto del Teniente Alcalde de Hacienda de 25.3.1997.

Pretensión deducida en la demanda:

Declaración de nulidad de la liquidación complementaria 96/000038/N del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos practicada por el Excmo. Ayuntamiento de Murcia en el expediente 38/96 por cuantía de 445.890 pesetas.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS FEDERICO ALCAZAR VIEYRA DE ABREU quien expresa el parecer de la Sala.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 21 de noviembre de 1997, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto, pidiendo se desestime el recurso.

TERCERO

La votación y fallo se efectuó el día 29 de junio de 2000.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El acto principalmente combatido en este proceso es la liquidación que, en importe total de 445.890 pesetas y por el Impuesto sobre el Incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, le fue girada a Don Alejandro , recurrente en los presentes autos, por el Ayuntamiento de Murcia.

La causa de la liquidación complementaria fue una compraventa formalizada mediante escritura pública autorizada el 28 de noviembre de 1995, y por la que los hoy demandantes vendían la parcela NUM000 sita en el término de Murcia, partido de la Alberca, integrante del Proyecto de Compensación denominado <>.

Y el detalle de tal liquidación fue éste:

Valor del Suelo: 12.296.622.

% incremento anual: 3, 6.

Número de años: 4 Cuota Part.: 100,00 % liquido: 100 Base imponible 1.170.714 Tipo impositivo: 30 Cuota tributaria 531.214 Importe ingresado 85.324 (autoliquidación)

Pendiente de...

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