STSJ Asturias , 26 de Enero de 2001

PonenteTOMAS MAILLO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2001:479
Número de Recurso1080/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Social

ROLLO N° RSU 1080/2000 45005 AUTOS N°:958/1999 GIJON-1 SENTENCIA N°: 289/2001 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a veintiséis de enero de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, D. TOMAS MAILLO FERNANDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Roberto , contra la sentencia del Juzgado de lo Social número uno de Gijón, ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. TOMAS MAILLO FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por D. Roberto en reclamación de incapacidad permanente absoluta siendo demandado el Instituto Nacional de la Seguridad Social y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha dos de febrero de dos mil por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. -D. Roberto , nacido el día 4 de Marzo-47, se encuentra afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el núm. NUM000 .

  2. - D. Roberto prestaba sus servicios como peón de construcción, siendo declarado en situación de invalidez permanente total el 19-Marzo-96 en situación de invalidez permanente total el 19 de Marzo-96 por Resolución del I.N.S.S. al padecer diabetes tipo I de muchos años de evolución con retinopatia y polineuropatia secundarias, HTA con cardiopatía Hipertensiva (BCRIHH en ECG con trastornos de repolarización y Q en II, III y AVF).

  3. - D. Roberto en la actualidad presenta diabetes Millitus tipo I. Retinopatia diabética. Acaudez visual cc: ojo derecho 0,5 difícil. Ojo izquierdo 0,63. Hipertensión arterial con cardiopartia Hipertensiva. ECG BRIHH.

  4. - Iniciadas actuaciones administrativas sobre invalidez permanente absoluta, se dictó Resolución 6-9-99 por la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, previa propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades de 11-8-99, declarando que D. Roberto continua afectado de invalidez permanente total, desestimándose la reclamación previa con fecha 17 de noviembre de 1.999.

  5. - La base reguladora de las prestaciones es de 139.897 ptas. Y la fecha de efectos la de 7-9-99.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Sin necesidad de proceder a revisar los hechos que se declaran probados en la sentencia de instancia que desestima la demanda del actor por la que solicita la declaración de incapacidad permanente absoluta como consecuencia de la agravación que ha...

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