STSJ Andalucía , 13 de Marzo de 2000
Ponente | FEDERICO LAZARO GUIL |
ECLI | ES:TSJAND:2000:4053 |
Número de Recurso | 4182/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO 4.182/96 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 326 DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:
D. Rafael Puya Jiménez Ilmos. Sres. Magistrados D. Federico Lazaro Guil Dª. Mª Pilar Bensusan Martín
En la ciudad de Granada, a trece de marzo de dos mil. Ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 4.182/96 seguido a instancia de EL LETRADO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, en la representación que de ésta ostenta por ministerio de la Ley, siendo parte demandada el AYUNTAMIENTO DE LACHAR (GRANADA), en cuya representación y defensa interviene el Letrado de la Diputación Provincial de Granada. La cuantía del recurso es indeterminada.
Interpuesto recurso contencioso-administrativo, se admitió a trámite el mismo y se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.
En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala se dictase sentencia por la que, con estimación del presente recurso, se anule y deje sin efecto el Acuerdo municipal impugnado así como el ulterior acto del cual aquel trae causa, esto es, la adjudicación de la plaza de Secretario-Interventor.
En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia en la que se declare la inadmisibilidad del presente recurso y, en su defecto, lo desestime por ser el acto administrativo recurrido conforme a Derecho.
No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, ni la celebración de vista pública, se acordó pasar los autos para trámite de conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito reiterando cada una de ellas sus respectivas peticiones contenidas en los escritos de alegaciones. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.
Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Federico Lazaro Guil.
El recurso interpuesto por el Letrado de la Junta de Andalucía tiene por objeto la impugnación del punto segundo del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Lachar (Granada), de fecha 17 de Julio de 1.996, relativo a la admisión a trámite de un recurso ordinario interpuesto contra la resolución de fecha 3 de julio de dicho año, del Tribunal Calificador para la provisión de la plaza de Secretario-Interventor del citado Ayuntamiento.
La base argumental del recurso radica, en síntesis, en la estimación de que el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba