STSJ Comunidad Valenciana 1015/2006, 1 de Junio de 2006
Ponente | MANUEL JOSE BAEZA DIAZ-PORTALES |
ECLI | ES:TSJCV:2006:3484 |
Número de Recurso | 1204/1999/ |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1015/2006 |
Fecha de Resolución | 1 de Junio de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso número: 1204/99
S E N T E N C I A N º 1015/06
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
Iltmos. Sres.:
Presidente
D. JOSE BELLMONT MORA
Magistrados
D. MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO
D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES
En Valencia, a uno de junio de dos mil seis.
Visto por la Sección TERCERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 1204/99 promovido por la PROCURADORA ELVIRA ORTS REBOLLIDA en nombre y representación de Luis Pablo Y Dº Dolores, contra Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Valencia, de fecha 12.2.1999, en el que, además de otros pronunciamientos, se acordaba enajenar por razón de colindancia a la entidad mercantil "Inmovibal, S.L.", por precio de 31.059.116 pesetas, la parcela sobrante de propiedad municipal de 160,75 m2. procedente de parte de la Antigua Senda de San Miguel de Soternes que, por cambio de planeamiento, pasaba a tener aprovechamiento urbanístico; determinándose igualmente que tal precio debería ser satisfecho por D. Luis Pablo y Doña Dolores (actores en el presente procedimiento), de conformidad con el Auto -sic- dictado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Valencia de fecha 10.1.1997 -sic-., habiendo sido parte en autos el AYUNTAMIENTO DE VALENCIA, representada por el LETRADO DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA y como codemandada INMOBIVAL, S.L. representada y asistida por CARMEN RUEDA ARMENGOT.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
habiendose recibido el proceso a prueba, se dio traslado a las partes para que presentaran escrito de conclusiones, quedando los autos pendientes para votación y fallo.
Se señala la votación para el día 24 de Mayo del presente año, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES.
Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Valencia, de fecha 12.2.1999, en el que, además de otros pronunciamientos, se acordaba enajenar por razón de colindancia a la entidad mercantil "Inmovibal, S.L.", por precio de 31.059.116 pesetas, la parcela sobrante de propiedad municipal de 160,75 m2. procedente de parte de la Antigua Senda de San Miguel de Soternes que, por cambio de planeamiento, pasaba a tener aprovechamiento urbanístico; determinándose igualmente que tal precio debería ser satisfecho por D. Luis Pablo y Doña Dolores (actores en el presente procedimiento), de conformidad con el Auto -sic- dictado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Valencia de fecha 10.1.1997 -sic-.
Como antecedentes de hecho a considerar en relación con el asunto objeto de autos tenemos, expresados de manera resumida, los siguientes: 1) Los hoy demandantes vendieron a Inmovibal S.L. unos terrenos, entre los...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba