STSJ Comunidad Valenciana 1015/2006, 1 de Junio de 2006

PonenteMANUEL JOSE BAEZA DIAZ-PORTALES
ECLIES:TSJCV:2006:3484
Número de Recurso1204/1999/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1015/2006
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso número: 1204/99

S E N T E N C I A N º 1015/06

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

Iltmos. Sres.:

Presidente

D. JOSE BELLMONT MORA

Magistrados

D. MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO

D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES

En Valencia, a uno de junio de dos mil seis.

Visto por la Sección TERCERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 1204/99 promovido por la PROCURADORA ELVIRA ORTS REBOLLIDA en nombre y representación de Luis Pablo Y Dº Dolores, contra Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Valencia, de fecha 12.2.1999, en el que, además de otros pronunciamientos, se acordaba enajenar por razón de colindancia a la entidad mercantil "Inmovibal, S.L.", por precio de 31.059.116 pesetas, la parcela sobrante de propiedad municipal de 160,75 m2. procedente de parte de la Antigua Senda de San Miguel de Soternes que, por cambio de planeamiento, pasaba a tener aprovechamiento urbanístico; determinándose igualmente que tal precio debería ser satisfecho por D. Luis Pablo y Doña Dolores (actores en el presente procedimiento), de conformidad con el Auto -sic- dictado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Valencia de fecha 10.1.1997 -sic-., habiendo sido parte en autos el AYUNTAMIENTO DE VALENCIA, representada por el LETRADO DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA y como codemandada INMOBIVAL, S.L. representada y asistida por CARMEN RUEDA ARMENGOT.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

habiendose recibido el proceso a prueba, se dio traslado a las partes para que presentaran escrito de conclusiones, quedando los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señala la votación para el día 24 de Mayo del presente año, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Valencia, de fecha 12.2.1999, en el que, además de otros pronunciamientos, se acordaba enajenar por razón de colindancia a la entidad mercantil "Inmovibal, S.L.", por precio de 31.059.116 pesetas, la parcela sobrante de propiedad municipal de 160,75 m2. procedente de parte de la Antigua Senda de San Miguel de Soternes que, por cambio de planeamiento, pasaba a tener aprovechamiento urbanístico; determinándose igualmente que tal precio debería ser satisfecho por D. Luis Pablo y Doña Dolores (actores en el presente procedimiento), de conformidad con el Auto -sic- dictado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Valencia de fecha 10.1.1997 -sic-.

Como antecedentes de hecho a considerar en relación con el asunto objeto de autos tenemos, expresados de manera resumida, los siguientes: 1) Los hoy demandantes vendieron a Inmovibal S.L. unos terrenos, entre los...

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