STSJ Extremadura , 19 de Diciembre de 2000

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2000:2577
Número de Recurso2463/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente :

SENTENCIA Nº

PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA B. DE LA CRUZ MERA DON ISAAC MERINO JARA /

En Cáceres a diecinueve de Diciembre de dos mil .- Visto el recurso contencioso administrativo nº 2.463 de 1.997 promovido por el Sr. Abogado del Estado en nombre y representación de DIRECCION PROVINCIAL DEL Mº DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES DE BADAJOZ siendo parte demandada el Proc. Sr. Campillo Alvarez en nombre y representación de la EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE BADAJOZ; recurso que versa sobre:

"Resolución de 8 de julio de 1997 de la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz desestimatoria del recurso ordinario presentado contra la liquidación practicada, el 6 de mayo de 1997, notificada el siguiente día 13, en concepto de tasa por inserción de anuncios en el BOP por importe de 16.180 pesetas.."

C U A N T I A :16.180 pesetas.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO: Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO: Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado DON ISAAC MERINO JARA.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El presente recurso, interpuesto por la Abogacía del Estado en nombre y representación de la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de Badajoz, se dirige contra la Resolución de 8 de julio de 1997 de la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz desestimatoria del recurso ordinario presentado contra la liquidación practicada, el 6 de mayo de 1997, notificada el siguiente día 13, en concepto de tasa por inserción de anuncios en el BOP por importe de 16.180 pesetas.

SEGUNDO

Lo primero que hemos de indicar es que la liquidación corresponde a una tasa que no a un precio públic, contrariamente a lo que, sin duda por error, manifiesta la actora. La Diputación Provincial ha aportado junto con el escrito de contestación a la demanda copia de publicación en el BOP de Badajoz del día 26 de febrero de 1994 de la "Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio del Boletín...

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