STSJ Comunidad de Madrid , 14 de Mayo de 2002

PonenteENRIQUE CALDERON DE LA IGLESIA
ECLIES:TSJM:2002:6475
Número de Recurso3498/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso ,3498/97 SENTENCIA NUMERO 544 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

Don José Félix Méndez Canseco.

Magistrados:

Dña. Francisca María Rosas Carrión.

Dña. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

D. Enrique Calderón de la Iglesia.

En la Villa de Madrid, a catorce de Mayo de dos mil dos. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 3498/97, interpuesto por CONSTRUCCIONES LABRA SL., asistida y representada por el Letrado D. Guillermo Barrera Hernández, CONTRA la resolución dictada por el Excmo. Ayuntamiento de Madrid, que desestima el recurso ordinario interpuesto por la recurrente, en el Exp- n° 628/89/00509 y 628/90/02100. Siendo parte el AYUNTAMIENTO DE MADRID, defendido y representado por sus servicios jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 17 de Septiembre de 1998, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la representación del Ayuntamiento de Madrid, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 9 de Julio de 1999, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y fallo del presente recurso el día 14 de Mayo de 2002, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Enrique Calderón de la Iglesia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la entidad recurrente, Construcciones Labra SL, se interpuso el presente recurso contra la resolución del Alcalde del Ayuntamiento de Madrid desestimatoria del recurso de alzada formulado contra...

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