STSJ Extremadura , 27 de Noviembre de 2002

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2002:2606
Número de Recurso606/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM 1.961 PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:

DON DANIEL RUÍZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA DON ISAAC MERINO JARA En Cáceres a veintisiete de Noviembre de dos mil dos. Visto el recurso contencioso administrativo número 606 de 2.000, promovido por la JUNTA DE EXTREMADURA, representada y defendida por el Sr. Letrado de su Gabinete Jurídico, siendo demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, recurso que versa sobre: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura de 28 de febrero de 2000 que estimó la reclamación, número 06/931/97, interpuesta contra la comprobación de valores motivada por la declaración de obra nueva, elevada a escritura pública el 28 de mayo de 1996 de una vivienda sita en Cuarto de la Ermita (Complejo Olímpico Ibérico) de Badajoz. Cuantía 4.296.075 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de las costas a la parte demandada; y dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora.

TERCERO

No habiéndose solicitado por las partes el recibimiento del recurso a prueba, ni vista o conclusiones, ni estimarlo necesario la Sala, se señaló día para la votación y fallo del presente recurso, llevándose a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado Don ISAAC MERINO JARA , que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso interpuesto por la Junta de Extremadura se dirige contra la R.TEAR de Extremadura de 28 de febrero de 2000 que estimó la reclamación, número 06/931/97, interpuesta contra la comprobación de valores motivada por la declaración de obra nueva, elevada a escritura pública el 28 de mayo de 1996 de una vivienda sita en Cuarto de la Ermita (Complejo Olímpico Ibérico) de Badajoz.

SEGUNDO

La R.TEAR recurrida ordenó la realización de una nueva comprobación debidamente motivada, defecto del que adolece la anulada. Pues bien, el artículo 121.2 de la Ley General Tributaria que regula la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR