STSJ Cataluña , 12 de Abril de 2000

PonenteLUIS MARIA DIAZ VALCARCEL
ECLIES:TSJCAT:2000:4999
Número de Recurso1442/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Abril de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Recurso n°. 1.442/97 Partes: Van Ommeren Terminal Tank Barcelona, S.A. C/ Ayuntamiento de Barcelona SENTENCIA N°.337/2.000 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. JOSÉ JUANOLA SOLER MAGISTRADOS D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS D. LUIS Mª DÍAZ VALCÁRCEL En la ciudad de Barcelona, a doce de abril de dos mil. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN TERCERA), constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°. 1.442/97, interpuesto por la Entidad Van Ommeren Terminal Tank Barcelona, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Mª. Nieves Hernández de Urquía y dirigida por el Letrado Sr. Antonio Hernández Rovira, contra el Ayuntamiento de Barcelona, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Mª.

Pilar Albácar Arazuri y asistido por Letrado. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS Mª DÍAZ VALCÁRCEL, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte recurrente, mediante su representación procesal, interpuso recurso contencioso administrativo contra resoluciones desestimatorias por silencio administrativo de los recursos de alzada instados contra liquidaciones del I.B.I. (ejercicios 1.993, 1.996 y 1.997).

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Acordado por auto de fecha 2 de octubre de 1.998 el recibimiento del precedente pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la L.E.C., se señaló a efectos de votación y Fallo la audiencia del día 4 de abril de 2.000, a la hora señalada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de Van Ommeren Terminal Tank Barcelona, S.A. tiene por objeto la pretensión anulatoria de las resoluciones desestimatorias por silencio administrativo de los recursos de alzada interpuestos contra las liquidaciones por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles giradas...

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