STSJ Cataluña , 4 de Octubre de 2000
Ponente | MARIA MERCEDES CASTILLO SOLSONA |
ECLI | ES:TSJCAT:2000:12203 |
Número de Recurso | 1004/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 4 de Octubre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso n°. 1.004/96 Partes: Doña Celestina C/ Ayuntamiento de Vilanova i La Geltrú
SENTENCIA N° 1.104/2.000 Ilmos. Sres.
PRESIDENTE D. FRANCISCO DÍAZ FRAILE MAGISTRADOS Dª. PILAR GALINDO MORELL Dª. Mª MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a cuatro de octubre de dos mil. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°. 1.004/96, interpuesto por Doña Celestina , representado y defendido por el Letrado Sr. Antonio Contijoch Berenguer, contra el Ayuntamiento de Vilanova i La Geltrú, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Narciso Ranera Cahís y asistido por el Letrado Sr. Matías Acebes Fernández. Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª..Mª MERCEDES CASTILLO SOLSONA, quien expresa el parecer de la SALA.
La parte recurrente, mediante su representación procesal, interpuso recurso contencioso administrativo contra resolución administrativa de fecha 27 de marzo de 1.996, desestimatoria de recurso interpuesto contra recibo núm. 17.223 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al ejercicio de 1.996 del vehículo G-.........-GF .
Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Acordado por auto de fecha 26 de mayo de 1.999 el recibimiento del precedente pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la L.E.C., se señaló a efectos de votación y Fallo la audiencia del día 27 de septiembre de 2.000, a la hora señalada.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de Dña. Celestina , el Decreto del AYUNTAMIENTO DE VILANOVA I LA GELTRÚ
de 27 de marzo de 1996 por el que se desestimó el recurso de reposición interpuesto por la recurrente contra liquidación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al ejercicio de 1996 y relativo al vehículo matrícula...
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