STSJ Andalucía , 18 de Febrero de 2002
Ponente | JULIAN MANUEL MORENO RETAMINO |
ECLI | ES:TSJAND:2002:2688 |
Número de Recurso | 473/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 18 de Febrero de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA (SEDE DE SEVILLA)
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA.
Recurso nº: 473/2000 SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don Santiago Martínez Vares García Iltmos. Sres. Magistrados Don Julián Manuel Moreno Retamino Don Francisco José Gutiérrez del Manzano En la Ciudad de Sevilla a Dieciocho de Febrero de 2002. La Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, ha visto el recurso referido al principio interpuesto por D. Pedro representado por el Procurador Sr. López de Lemus y defendido por el Letrado Sr. Díaz Aguilera contra Resolución de 10 de Febrero de 2000 del Tribunal Económico- Administrativo Central representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado. Ha sido codemandada la Junta de Andalucía representada y defendida por Letrado de su Gabinete Jurídico. La cuantía del recurso es indeterminada. Es ponente el Iltmo. Sr. D. Julián Manuel Moreno Retamino.
El recurso se interpuso el día 13 de abril de 2000 contra Resolución de 10 de Febrero de 2000 del Tribunal Económico-Administrativo Central que desestima reclamación interpuesta contra resolución del TEARA de 25 de Noviembre de 1998 (R.11/1584/96) sobre liquidaciones del impuesto de sucesiones y donaciones.
En su escrito de demanda la parte actora interesó de la Sala el dictado de Sentencia que anule la Resolución impugnada y de indemnice por los daños y perjuicios sufridos.
En su contestación a la demanda la Administración solicitó de la Sala el dictado de Sentencia que desestime íntegramente el recurso. En el mismo sentido se ha pronunciado la codemandada.
No se ha practicado prueba. Las partes No han formulado sus respectivos escritos de conclusiones.
Señalada fecha para votación y fallo, tuvo lugar el día Once de Febrero de 2002.
El recurso se interpuso el día 13 de abril de 2000 contra Resolución de 10 de Febrero de 2000 del Tribunal Económico-Administrativo Central que desestima reclamación interpuesta contra resolución del TEARA de 25 de Noviembre de 1998 (R.11/1584/96) sobre liquidaciones del impuesto de sucesiones y donaciones.
Sostiene el actor que no proceden las liquidaciones efectuadas por la. Administración al estar basadas en el artículo 14.7 del Real Decreto Legislativo 1/1993 (texto refundido del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados) que...
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