STSJ Comunidad de Madrid , 26 de Septiembre de 2002

PonenteMIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS
ECLIES:TSJM:2002:12217
Número de Recurso1949/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA SENTENCIA 2032 RECURSO NÚM: 1949-99 PROCURADOR: D. Eduardo Codes Feijoo Ilmos. Sres.:

Presidente D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados D. J. Ignacio Parada Vázquez Dña. María Antonia de la Peña Elías D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo En la Villa de Madrid a veintiséis de septiembre de dos mil dos. Visto por la Sala del margen el recurso núm. 1949-99, interpuesto por Centros Comerciales Pryca, S.A., representado por el procurador D. Eduardo Codes Feijoo, contra fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 28.4.99, reclamación núm. 28/15876/97, interpuesta por el concepto de I.V.A, habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día veinticuatro de septiembre de dos mil dos en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Santos Gandarillas Martos; quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso tiene por objeto determinar si se ajusta o no a Derecho la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 25 de abril de 1998, que desestimó la reclamación n°. 15876/97, deducida contra acuerdo de liquidación de la Agencia Tributaria de Madrid, Administración de San Blas, que denegaba de la compensación relativa al Impuesto sobre el Valor Añadido ejercicio 1996, por importe de 260. 145 ptas.

La Administración rechaza la deducción pretendida, argumentando que en el citado ejercicio la entidad actora no tiene cuotas devengadas, añadiendo además que la cuestión debe analizarse a la luz del artículo 111 de la Ley del IVA, relativo a la deducción de cuotas soportadas con anterioridad al comienzo de las actividades...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR