STSJ Murcia , 30 de Abril de 2003

PonenteJOAQUIN MORENO GRAU
ECLIES:TSJMU:2003:991
Número de Recurso761/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Abril de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

4 Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº. 761/00 SENTENCIA nº. 308/03 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 308/03.

En Murcia a 30 de abril de dos mil tres.

En el recurso contencioso administrativo nº. 761/00 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 100.000 ptas., y referido a: Impuestos Especiales.

Parte demandante: "Empresa de Transformación Agraria, S.A." (TRAGSA), representada por la Procurador Dña. Susana García Idáñez y dirigida por el Abogado D. Javier Baso López.

Parte demandada: La Administración Civil del Estado representada y defendida por el Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 25 de febrero de 2.000 que desestima la reclamación económico administrativa 30/1708/99 interpuesta contra acuerdo del Delegado Especial de la A.E.A.T. en Murcia que desestimaba el recurso de reposición planteado contra acuerdo recaído en expediente sancionador nº 9900002 que imponía una multa de 100.000 pesetas por la comisión de una infracción tributaria simple.

Pretensión deducida en la demanda: Que se dicte sentencia por la que se declare la nulidad de la resolución recurrida, con expresa imposición de costas a la Administración demandada.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 4-7-00 y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

Las partes demandada y codemandada se han opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 28-4-03.

II.-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La actuación administrativa impugnada es consecuencia de la diligencia extendida el día 26 de noviembre de 1.998 por funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera, cuando descubrieron que el vehículo M-2008-MV circulaba transportando 3.000 litros de Gasoleo B sin portar documento de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR