STSJ Murcia , 25 de Julio de 2001

PonenteJOAQUIN MORENO GRAU
ECLIES:TSJMU:2001:2192
Número de Recurso1393/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Julio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

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RECURSO nº. 1.393/98.

SENTENCIA nº. 588/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 588/01.

En Murcia a 25 de julio de dos mil uno. En el recurso contencioso administrativo nº. 1.393/98 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 600.000 pesetas, y referido a: sanción tributaria.

Parte demandante:

"Emiplan, S.L.", representada por el Procurador D. José Miras López y dirigida por el Abogado D. Andrés Gómez Portilla.

Parte demandada:

La Administración Civil del Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado:

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 27 de febrero de 1.998 desestimatoria de la reclamación económico administrativa 30/947/97 presentada por la actora contra el Acuerdo del Delegado Especial de la A.E.A.T. en Murcia desestimatorio del recurso planteado contra el Acuerdo recaido en expediente nº 970000015 de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales por el que se imponía al recurrente una sanción de 600.000 pesetas de multa y el precinto e inmovilización de tractor por periodo de 3 meses como consecuencia de la comisión de una infracción relativa a las prohibiciones y limitaciones de uso de hidrocarburos establecidas en la Ley 38/92.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia por la que se dclare la nulidad de la resolución recurrida, o, en su caso, se rebaje el importe de la sanción.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 23-6-98 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de...

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