STSJ Andalucía , 15 de Mayo de 2000

PonenteRAFAEL TOLEDANO CANTERO
ECLIES:TSJAND:2000:7216
Número de Recurso1755/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 1755/1996 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA SENTENCIA NÚM. 657 DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

Don José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados Don Rafael Toledano Cantero Don Ernesto Eseverri Martínez

En la ciudad de Granada, a quince de mayo de dos mil. Ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 1755/1996, seguido a instancia de DOÑA Patricia , que comparece representado por la Procuradora Sra. Galera de Haro y asistida de Letrado, siendo parte demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 9 de mayo de 1986, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, Sala de Granada, de fecha 23 de febrero de 1996, expediente 18/545/94, por la que se estima parcialmente la reclamación económico administrativa interpuesta por doña Patricia contra la resolución del Jefe de la Dependencia de Aduanas e Impuestos Especiales de la Delegación de Granada de la Agencia Estatal Tributaria, de fecha 14 de febrero de 1994, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por doña Patricia contra la anterior resolución del mismo órgano, de fecha 12 de noviembre de 1993, expediente NUM000 , por la que se le impuso sanción de multa de 600.000 ptas y precinto del vehículo MW-....-Q por tres meses, por infracción a la legislación de Impuestos especiales. Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y anule la resolución recurrida dejando sin efecto las sanciones impuestas con el consiguiente archivo del expediente o subsidiariamente a lo anterior y de no ser atendido esta dictar otra por la que se acuerde declarar la nulidad debiendo retraer el procedimiento al inmediato anterior a la resolución denegatoria de la primera, consistente en el segundo análisis solicitado, debiendo resolverse la pertinente de su práctica que a su vez deberá verificarse reglamentariamente con citación e intervención de la pate proponente y continuar el procedimiento administrativo por todos sus trámites.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia desestimando el recurso y confirmando la resolución impugnada.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

QUINTO

Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó darles traslado para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Toledano Cantero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso se dirige contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, Sala de Granada, de fecha 23 de febrero de 1996, expediente 18/545/94, por la que se estima parcialmente la reclamación económico administrativa interpuesta por doña Patricia contra la resolución del Jefe de la Dependencia de Aduanas e Impuestos Especiales de la Delegación de Granada de la Agencia Estatal Tributaria, de fecha 14 de febrero de 1994, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por doña Patricia contra la anterior resolución del mismo órgano, de fecha 12 de noviembre de 1993, expediente NUM000 , por la que se le impuso sanción de multa de 600.000 ptas y precinto del vehículo MW-....-Q por tres meses, por infracción a la legislación de Impuestos especiales. La sanción se impone por uso...

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