STSJ Comunidad de Madrid , 12 de Febrero de 2001

PonenteVALERIANO PALOMINO MARIN
ECLIES:TSJM:2001:1886
Número de Recurso1795/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Proc. Sr de las Alas Pumariño TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO N° 1795 de 1997 PONENTE Sr. Valeriano Palomino Marín SENTENCIA N° 137 Presidente Ilmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín D. José Tomé Paule En Madrid a doce de febrero de dos mil uno. Visto el recurso n° 1795 de 1997 interpuesto por Promociones y Construcciones PYC PRYCONSA Sociedad Anónima, representada por el Procurador don Francisco de las a las Pumariño y defendida por el Letrado don Fausto García Vivar, contra acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Alcorcón de 1 de julio de 1997 confirmatorio de liquidación definitiva nº 73-A/92 97 del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras correspondiente a la construcción de treinta viviendas unifamiliares y piscina en la Manzana n° 15-B del Sector I Prado de Santo Domingo; habiendo sido parte el Ayuntamiento demandado, emplazado y no comparecido.

La cuantía del recurso es de 6.375.950 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos y que se acuerde la práctica de otra liquidación por importe de 1.256.292 pesetas, y que se condene al Ayuntamiento demandado al pago de los gastos originados por el aval prestado en garantía de la liquidación impugnada hasta el momento en que se devuelva por el Ayuntamiento el citado aval.

SEGUNDO

Recibido el pleito a prueba se practicaron las aportaciones documentales de la parte actora, con el resultado que obra en autos.

TERCERO

La recurrente cumplimentó el trámite de conclusiones por el que se ordenó el procedimiento, señalándose para deliberación y Fallo del recurso el día 9 de febrero en curso.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Valeriano Palomino Marín.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La recurrente impugna la mencionada liquidación alegando que en la base imponible del Impuesto se han incluido partidas no gravables cuales son el Estudio de Seguridad e Higiene en el Trabajo, el beneficio...

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