STSJ País Vasco , 22 de Septiembre de 2000

PonenteCARMEN ALVAREZ THEURER
ECLIES:TSJPV:2000:4448
Número de Recurso3956/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3956/98 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 532/2000 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. ENRIQUE TORRES Y LOPEZ DE LACALLE MAGISTRADOS:

D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA Dª CARMEN ALVAREZ THEURER En la Villa de BILBAO, a veintidos de Septiembre de dos mil. La Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 3956/98 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: el Acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Foral de Vizcaya de 11 de Mayo de 1998.

Son partes en dicho recurso: como recurrente FUNDACION VASCA PARA EL FOMENTO DE LA CALIDAD-KALITATEAREN SUSTAPENERAKO EUSKAL IRASKUNDEA ,representado por la Procuradora Dª SUSANA SALVADOR RUBIO y dirigido por el Letrado D. CIPRIANO SAIZ ESTIVARIZ.

Como demandada DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA, representado por la Procuradora Dª MARIA BEGOÑA PEREA DE LA TAJADA y dirigido por el Letrado D. JORGE ALCITURRI IMAZ.

Siendo Ponente la Iltma. Sra. Dña. CARMEN ALVAREZ THEURER, Magistrada de esta Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 6 de Agosto de 1998 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que Dª. SUSANA SALVADOR RUBIO actuando en nombre y representación de FUNDACION VASCA PARA EL FOMENTO DE LA CALIDAD-KALITATEAREN SUSTAPENERAKO EUSKAL IRASKUNDEA, interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Foral de Vizcaya de 11 de Mayo de 1998; quedando registrado dicho recurso con el número 3956/98.

La cuantía del presente recurso quedó fijada en 15.247.667.- ptas.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, se solicitó de esta Sala el dictado de una sentencia en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados y que damos por reproducidos.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime tal recurso en todos sus pedimentos, confirmándose en consecuencia el acto administrativo impugnado, con expresa imposición de las costas de este proceso a la parte demandante.

CUARTO

El procedimiento no se recibió a prueba por no solicitarlo las partes ni estimarlo necesario esta Sala.

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEXTO

Por resolución de fecha 04/09/00 se señaló el pasado día 12/09/00 para la votación y fallo del presente recurso.

SEPTIMO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

II

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo tiene por objeto impugnar los Acuerdos del Tribunal Económico Administrativo Foral de Vizcaya de 11 de mayo de 1998 en virtud de los cuales se desestiman las reclamaciónes económico-administrativas interpuestas por la recurrente contra las liquidaciones provisionales practicadas por la Administración de Tributos Indirectos en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido...

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