STSJ Murcia , 15 de Noviembre de 2000
Ponente | MARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER |
ECLI | ES:TSJMU:2000:3325 |
Número de Recurso | 2855/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 15 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
5 RECURSO nº2.855/97 SENTENCIA nº 981/00 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Iltmos. Srs.:
Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 981/00 En Murcia a quince de noviembre de dos mil. En el recurso contencioso administrativo nº 2.855/97 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 12.684 ptas, y referido a: Comprobación de valores (Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados).
Parte demandante: Don Franco representado y dirigido por el Abogado Don Fernando Gorostiza Ruiz.
Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.
Parte coadyuvante: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia representada y dirigida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.
Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 29 de septiembre de 1997 que estimaba en parte la reclamación nº30/2194/96 planteada por el actor contra la liquidación complementaria nº933/96 practicada por la Oficina liquidadora de Molina de Segura por el concepto del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, de la que resultaba una deuda adicional a ingresar de 12.684 ptas.
Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia por la que estimando el recurso contencioso administrativo por esta parte interpuesto contra la resolución dictada con fecha 29 de septiembre de 1997 por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia, cuya parte dispositiva se transcribe bajo el número IV de los hechos del actual escrito, declare no ser conforme a Derecho tal resolución, anulándola en su parte desestimatoria, así como la liquidación originaria, con imposición a la parte contraria de las costas procesales.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.
El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 5 de noviembre de 1997 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.
La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.
Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.
Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 3 de noviembre de 2000.
Por tener interés para el examen de las cuestiones que se discuten, y resultantes del expediente administrativo y de la prueba practicada, se destacan los siguientes antecedentes:
El actor, por medio de escritura de compraventa otorgada el 7 de noviembre de 1991, adquirió un trozo de terreno secano en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Gestión tributaria: Valoraciones: impugnación y anulación de valoraciones
...por lo que la resolución impugnada deviene nula y sin efecto . 7) La anulación no impide a la Admón. efectuar nuevas valoraciones. STSJ de Murcia de 15-11-00. P. Sr. Espinosa de Rueda Jover. JT 2000/1430. Igualmente, STSJ de Madrid de 24-5-00, STSJ de Baleares de 24-11-00 y STSJ de Castilla......